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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de CádizExpediente: 2024/118Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicios necesarios para la implementación del programa de animación sociocultural (talleres/formación) para personas mayores de 60 años de la Delegación de Servicios Sociales y Personas Mayores del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz para el curso 2024/2025 (2 lotes)

Información sobre la licitación Servicios necesarios para la implementación del programa de animación sociocultural (talleres/formación) para personas mayores de 60 años de la Delegación de Servicios Sociales y Personas Mayores del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz para el curso 2024/2025 (2 lotes) de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz, del CPV 80400000 o en Cádiz.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz

NIF: P1101200B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cádiz
Código NUTS
ES612

Adjudicación

Lote 1 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
1384,13 €
Importe adjudicado (con IVA)
1674,79 €
Presupuesto base (sin IVA)
113.748,21 €
Baja
98,78 %
Ofertas recibidas
7 (6 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
1282,78 € – 1612,50 €
Fecha de adjudicación
24/10/2025
Formalización del contrato
28/12/2025

Lote 2 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
2500,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
2750,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
203.062,02 €
Baja
98,77 %
Ofertas recibidas
9 (7 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
2500,00 € – 2864,89 €
Fecha de adjudicación
11/07/2025
Formalización del contrato
11/09/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Conforme al apartado 8 del Anexo I del PCAP, no procede

Criterios de adjudicación

  • Criterio 1 precio(Automático)Ponderación: 49
  • Criterio 4 Calidad del Proyecto Técnico de servicio(Juicio de valor)Ponderación: 25
  • Criterio 3 Formacion en primeros auxilios(Automático)Ponderación: 16
  • Criterio 2 aportación materiales adicionales de cada formación/taller(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Se acreditará por el medio o medios que se indican a continuación: Mediante declaración sobre el volumen anual de negocios, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. El volumen anual medio del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si de la declaración relativa al volumen anual de negocios resulta que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año, deberá ser al menos: • Lote 1: 85.311,16 euros. • Lote 2: 152.296,51 euros En caso de integración de la solvencia económica con medios externos, existirá una responsabilidad solidaria entre el licitador y la(s) entidades a las que se acude para la integración.

Solvencia técnica o profesional

  • Se acreditará por el medio o medios que se indican a continuación: Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de cómo máximo tres últimos años, en la que se indique el importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se podrá atender a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la relación de los principales servicios o trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponden el objeto del contrato, realizados por la licitadora durante los tres últimos años. El requisito mínimo será que su importe, en el año de mayor ejecución, sea igual o superior al 70% de la anualidad media del lote o de los lotes de los que vaya a resultar adjudicatario: • Lote 1: 39.811,87 euros. • Lote 2: 71.071,71 euros La relación de servicios o trabajos deberá indicar su importe, fechas y destino público o privado, anexándose a la misma los correspondientes certificados. SOLVENCIA TÉCNICA DE EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN De acuerdo con la previsión del artículo 90.4) LCSP, cuando el contratistas sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se podrá acreditar por el/los medio/s indicados de las letras 90.1.b) a 90.1.i), no admitiéndose, en ningún caso, lo estipulado en la letra 90.1.a) Las Uniones temporales de empresas (UTE) deben acreditar la clasificación o la solvencia exigida en este pliego conforme a las prescripciones legales y reglamentarias vigentes, de acuerdo con la previsión del artículo 69 LCSP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • No prohibición para contratar
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Declaración sobre promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social
  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 80400000

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