Alcaldía del Ayuntamiento de Palacios del ArzobispoExpediente: 193/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
El objeto del contrato es la obra relativa al Proyecto Básico y de Ejecución denominado “EJE II”, y que se refiere a las obras de pavimentación en el Camino del Humilladero y Fermoselle, en concreto, realizar una pavimentación mediante firme rígido en caminos vecinales situados al oeste del casco municipal de Palacios del Arzobispo en una longitud de 365 metros.
Información sobre la licitación El objeto del contrato es la obra relativa al Proyecto Básico y de Ejecución denominado “EJE II”, y que se refiere a las obras de pavimentación en el Camino del Humilladero y Fermoselle, en concreto, realizar una pavimentación mediante firme rígido en caminos vecinales situados al oeste del casco municipal de Palacios del Arzobispo en una longitud de 365 metros de Alcaldía del Ayuntamiento de Palacios del Arzobispo. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Palacios del Arzobispo, del CPV 45233140 o en Salamanca.
Organismo contratante
Alcaldía del Ayuntamiento de Palacios del Arzobispo
NIF: P3722700F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Salamanca
- Código NUTS
- ES415
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT-comprimido.pdfAbrir original
- AnexoANEXO 1 CONTENIDO DE LOS PCAP.pdfAbrir original
- AnexoANEXO 2 DECLARACION RESPONSABLE Y OFERTA.pdfAbrir original
- ExpedienteCERTIFICADO EXISTENICA CREDITOAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteACTA REPLANTEO PREVIOAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 meses
Criterios de adjudicación
- MEJOR PROPUESTA ECONOMICA(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- se acreditará mediante el volumen anual de negocios mínimo en obras relacionadas, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años (o desde la fecha de inicio de actividad de la empresa si es menor), por importe mínimo igual o superior a 110.000,00€ (importe total sin incluir IVA). La acreditación de este requisito se realizará como regla general mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda (modelo 390). Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente.
Solvencia técnica o profesional
- Solvencia técnica: según el art 88.1. letra a) de la LCSP, a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes ejecutadas en los últimos diez años.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45233140
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