Consejería de Educación y UniversidadesExpediente: CONTR 2025/19642Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de suministro de agua embotellada para los servicios centrales de la consejería de Educación y Universidades (contrato reservado a centros especiales de ocupación y a empresas de inserción, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).
Información sobre la licitación Contrato de suministro de agua embotellada para los servicios centrales de la consejería de Educación y Universidades (contrato reservado a centros especiales de ocupación y a empresas de inserción, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público) de Consejería de Educación y Universidades. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Educación y Universidades, del CPV 15981000 o en Illes Balears.
Organismo contratante
Consejería de Educación y Universidades
NIF: S0711001H
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Illes Balears
- Código NUTS
- ES53
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 56.930,50 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 62.780,64 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 56.930,50 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 56.930,50 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPlec_subministrament_obert_simplificat_es_OK.pdfAbrir original
- PPTPPT25_signed.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Se prevé la posibilidad de una única prórroga de dos años. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes.
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 60
- Nivel de residuo seco(Automático)Ponderación: 20
- Por no usar bisfenol A en las garrafas(Automático)Ponderación: 20
Solvencia económica y financiera
- Ver el apartado F1 del PCAP.
Solvencia técnica o profesional
- Ver el apartado F2 del PCAP.
Garantías
- Definitiva: 0 %
Códigos CPV
- 15981000
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