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Alcaldía de Ayuntamiento de la CarlotaExpediente: GEX 2026/1247 La CarlotaComprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de obras para ejecutar el proyecto de mejora y rehabilitación de los parques infantiles de La Carlota, Córdoba.

Información sobre la licitación Contrato de obras para ejecutar el proyecto de mejora y rehabilitación de los parques infantiles de La Carlota, Córdoba de Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota, del CPV 45000000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota

NIF: P1401700H

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
81.800,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
98.978,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
82.644,63 €
Baja
1,02 %
Ofertas recibidas
2 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
8.136.364,00 € – 8.180.000,00 €
Fecha de adjudicación
08/04/2026
Formalización del contrato
10/04/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 6 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 39
  • Ampliación del plazo de garantía(Automático)Ponderación: 36
  • Plan de trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 25

Solvencia económica y financiera

  • Para la elección de la solvencia Económica y Financiera y la solvencia Técnica y Profesional, se ha tenido en cuenta la similitud tanto en volumen como en características de los trabajos realizados por las posibles empresas adjudicatarias, con el objeto del contrato, en base a lo estipulado en el apartado 6º de la Memoria justificativa del contrato. Entendiendo que la experiencia tiene un efecto directo en la mejora del cumplimiento de los objetivos propuestos en el Proyecto de las obras. I.Solvencia económica y financiera. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los cinco últimos disponibles, por importe igual o superior al 50% valor estimado del contrato. El importe mínimo exigido es 49586.78 €. Dicho volumen anual de negocios se acreditará con la presentación de uno de los siguientes documentos: Si la empresa fuera persona jurídica: -Certificado del Importe Neto de la Cifra de Negocios, emitido por la Agencia Tributaria Estatal, que podrá obtenerse en la siguiente dirección de Internet: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G315.shtml. -En su defecto, el volumen de anual de negocios del licitador se podrá acreditar con la presentación del modelo correspondiente de la Agencia Tributaria Estatal (modelo 200 para sociedades o modelo 390 resumen anual de IVA). Si se trata de profesional o empresario individual: -Modelo 390 resumen anual de IVA presentado ante la Agencia Tributaria Estatal. -Declaración Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En caso de uniones temporales de empresarios, a los efectos de solvencia económica y financiera, se estará a lo regulado en el artículo 69 LCSP. En relación a la integración de solvencia con medios externos, deberá aportar el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP.

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de los principales trabajos ejecutados del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto de este contrato, realizados en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario público o privado, de los mismos. Se acreditará mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste (o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario), acompañado en todo caso de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la obra (contratos, facturas, etc.). El requisito mínimo de solvencia, con respecto a los trabajos ejecutados del mismo tipo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los últimos cinco sea igual o superior al 50% del valor estimado del contrato. El importe mínimo exigido es 49.586,78 €. En relación con este requisito (principales trabajos ejecutados del mismo tipo), para las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a 5 años, se estará a lo dispuesto en el artículo 88.2 de la LCSP. Su solvencia técnica se acreditará por los medios a que se refieren las letras b), c), y f) del artículo 88.1. En caso de uniones temporales de empresarios, a los efectos de solvencia técnica y profesional, se estará a lo regulado en el artículo 69 LCSP. En su caso, deberá aportar el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP, relativo a la integración de la solvencia con medios externos.
  • Certificado de empresa mantenedora e instaladora de áreas infantiles conforme a la norma UNE EN 1176-7 o equivalente, emitido por empresa acreditada por ENAC u otra homóloga de un país de la unión europea. Certificado que acredite la posesión de un sistema de gestión de prevención de riesgos laborales, basado en la normativa UNE EN ISO 45001:2018 o equivalente.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 45000000
  • 37535200
  • 45212100
  • 45236210
  • 45212140
  • 45212221
  • 45112723
  • 45233262
  • 45233222

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