Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Roquetas de MarExpediente: 24/25.- PrivadoComprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de organización y realización de las prestaciones de ANIMACIÓN Y ENTRETENIMIENTO de la Semana Europea de la Movilidad 2025 en Roquetas de Mar
Información sobre la licitación Servicio de organización y realización de las prestaciones de ANIMACIÓN Y ENTRETENIMIENTO de la Semana Europea de la Movilidad 2025 en Roquetas de Mar de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Roquetas de Mar. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, del CPV 92331210 o en Almería.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Roquetas de Mar
NIF: P0407900J
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Almería
- Código NUTS
- ES611
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 14.995,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 18.095,55 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 15.955,00 €
- Baja
- 6,02 %
- Ofertas recibidas
- 1 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 14.995,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- AnexoAnexos al PCAP en formato editable.docxAbrir original
- AnexoTabla de oferta econom a incorporar junto a ANEXO II.odsAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
Requisitos y criterios
Criterios de adjudicación
- Aumento de la duración de las actividades(Automático)Ponderación: 51
- Precio (incorporar hoja de cálculo)(Automático)Ponderación: 49
Solvencia económica y financiera
- Los licitadores estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica o profesional por disponerlo así el artículo 159.6.b) LCSP. No obstante, deberán poseer la solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se determina a continuación, aunque estén exentos de su acreditación en el momento de presentación de las ofertas. El importe mínimo exigido que se deberá acreditar será VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS Solvencia económica y financiera. Se acreditará por alguno de los medios establecidos en el art. 87 de la LCSP, específicamente mediante volumen anual de negocio del licitador o candidato (certificado de la Agencia Tributaria sobre el importe neto de la cifra de negocios), que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2024, 2023, o bien 2022) deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. Si el licitador es autónomo podrá presentar la declaración trimestral de IVA (modelo 303) o el impuesto sobre la renta de las personas físicas (modelo 101) para acreditar la solvencia.
Solvencia técnica o profesional
- Los licitadores estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica o profesional por disponerlo así el artículo 159.6.b) LCSP. No obstante, deberán poseer la solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se determina a continuación, aunque estén exentos de su acreditación en el momento de presentación de las ofertas. Solvencia técnica o profesional. Se acreditará por alguno de los medios establecidos en el art. 90 de la LCSP, específicamente a través una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (atendiendo al código CPV) en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. El importe mínimo que se deberá acreditar será ONCE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 92331210
- 92340000
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