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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1466634RComprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de diversos productos para el funcionamiento del Centro de Atención Integral a Personas sin Hogar (CAIPSH). EXP 103-2025

Información sobre la licitación Suministro de diversos productos para el funcionamiento del Centro de Atención Integral a Personas sin Hogar (CAIPSH). EXP 103-2025 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 18000000 o en Albacete.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete

NIF: P0200300B

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Albacete
Código NUTS
ES421

Adjudicación

Lote 1 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
10.289,58 €
Importe adjudicado (con IVA)
12.450,39 €
Presupuesto base (sin IVA)
10.289,57 €
Baja
-0 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 € – 10.289,58 €
Fecha de adjudicación
10/07/2026
Formalización del contrato
22/07/2026

Lote 2 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
26.318,43 €
Importe adjudicado (con IVA)
31.845,31 €
Presupuesto base (sin IVA)
26.318,44 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
5 (5 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
26.318,43 €
Fecha de adjudicación
20/05/2026
Formalización del contrato
26/05/2026

Lote 3 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
16.726,86 €
Importe adjudicado (con IVA)
20.123,60 €
Presupuesto base (sin IVA)
16.631,01 €
Baja
-0,58 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
16.726,86 €
Fecha de adjudicación
05/05/2026
Formalización del contrato
20/05/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 3 años

Posibilidad de prorroga: SI, 2 AÑOS, en una única prorroga bianual. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato, salvo que en el pliego que rija el contrato se establezca uno mayor. Quedan exceptuados de la obligación de preaviso los contratos cuya duración fuera inferior a dos meses. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes. Ver página 50 del PCAP.

Criterios de adjudicación

  • 10.2. CRITERIOS EVALUABLES A TRAVÉS DE FÓRMULAS. A) UNICO CRITERIO. PRECIO. Ponderación 100 PUNTOS.(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA: A) Criterio: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen anual de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, es decir, debe de ser al menos por la cuantía siguiente:149.337,59 €, si se opta a todos los lotes. En el caso de optar a uno o varios lotes, se exigirá acreditar las siguientes cuantías: (Ver tabla de la página 55 del PCAP). C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). Ver página 55 del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • Solvencia técnica o profesional: EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 1º REQUISITO. EXPERIENCIA. A) Criterio. Experiencia en la realización de suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los 3 últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, debe de ser al menos por la cuantía siguiente: 13.938,17 € si se opta a todos los lotes. En el caso de optar a uno o varios lotes, se exigirá acreditar las siguientes cuantías: (Ver tabla de la pág. 56 del PCAP) C) Medio de acreditación: Certificados expedidos o visados por el órgano competente. D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el art. 87, apdo 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio y, siendo la cuantía proporcional la misma que el valor anual estimado del contrato. 2º REQUISITO. DECLARACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO. a) Criterio: INDICACIÓN DEL PERSONAL O UNIDADES TÉCNICAS, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. b) Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. c) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato. EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a 5 años): REQUISITO. DECLARACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO: a) Criterio: INDICACIÓN DEL PERSONAL O UNIDADES TÉCNICAS, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. b) Requisito mínimo: Un técnico encargado del control de calidad. c) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación, experiencia del técnico encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto de los contratos que hayan realizado y vinculación con la empresa. Ver pág 56 y 57 del PCAP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Códigos CPV

  • 18000000
  • 39510000
  • 33700000

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