Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1481585HComprobada en la Plataforma de Contratación:
servicios de soporte técnico de nómina y recursos humanos del Ayuntamiento de Albacete. Expte 117/2025
Información sobre la licitación servicios de soporte técnico de nómina y recursos humanos del Ayuntamiento de Albacete. Expte 117/2025 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 72267000 o en Albacete.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete
NIF: P0200300B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Negociado sin publicidad
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Albacete
- Código NUTS
- ES421
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 196.861,19 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 238.202,04 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 200.911,60 €
- Baja
- 2,02 %
- Ofertas recibidas
- 1 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 196.861,19 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 4 años
Posibilidad de prórroga: Prórroga contractual: Sí, cabe una prórroga por un periodo de 1 AÑO.
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- A) Criterio: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. Valor Anual Medio: 48.354,76 € Y Cuantía Mínima Solvencia (1,5): 72.532,14 € C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo).
Solvencia técnica o profesional
- A) Criterio: EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, de los tres últimos años, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, en este caso; Valor Anual Medio: 48.354,76 € y Cuantía mínima solvencia (70%):33.848,34 € C) Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato realizados en el curso de los tres últimos años en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos que se acreditarán mediante certificados expedidos a tal efecto.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Códigos CPV
- 72267000
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