Comandancia Guardia Civil de MelillaExpediente: GC/ML/2025/002.Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contratación de la explotación del Servicio de Bar-Cafetería-Comedor en la Comandancia de la Guardia Civil de Melilla.
Información sobre la licitación Contratación de la explotación del Servicio de Bar-Cafetería-Comedor en la Comandancia de la Guardia Civil de Melilla de Comandancia Guardia Civil de Melilla. Puedes consultar otras licitaciones de Comandancia Guardia Civil de Melilla, del CPV 55511000 o en Melilla.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Concesión de servicios
- Procedimiento
- Restringido
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Melilla
- Código NUTS
- ES640
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Se contempla una o varias prórrogas del contrato por un período máximo de 36 meses, que en aplicación del artículo 29.2 de la LCSP, se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
Criterios de adjudicación
- Mejora en la prestación del servicio(Automático)Ponderación: 55
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 45
Solvencia económica y financiera
- Se podrá acreditar también con una declaración responsable de contratación de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, durante la vigencia del contrato, con una cobertura mínima de 150.000 € por siniestro, que cubra los posibles riesgos de daños infligidos por el personal del centro o terceros, así como a las instalaciones o equipos del bar-cafetería, causados durante la ejecución del contrato en situaciones tales como accidentes provocados por superficies mojadas, intoxicaciones por productos químicos, explosiones accidentales, o cualesquiera otras que fueran responsabilidad del adjudicatario.
- Se acreditará aportando declaración sobre el volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, acreditado, según lo previsto en el art. 87 LCSP, por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil en caso de no poseerlas mediante declaración apropiada de entidad/es financieras. El citado volumen de negocios de la empresa debe ser, al menos, de 150.000 euros (IVA excluido).
Solvencia técnica o profesional
- De conformidad con los arts. 90.1 a) y 91 de la LCSP los licitadores acreditarán este tipo de solvencia mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
- Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, que tengan relación con el objeto del contrato.
Garantías
- Definitiva: 1000,00 €
Códigos CPV
- 55511000
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