Alcaldía del Ayuntamiento de UbriqueExpediente: 1856/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Mejora de asfaltado de varias zonas de Ubrique
Cerrada
Ver en plataforma oficialInformación sobre la licitación Mejora de asfaltado de varias zonas de Ubrique de Alcaldía del Ayuntamiento de Ubrique. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Ubrique o del CPV 45233222.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Urgente
- Lugar de ejecución
- España
- Código NUTS
- ES
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 101.652,89 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 123.000,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 123.966,94 €
- Baja
- 18 %
- Ofertas recibidas
- 4 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 101.652,89 € – 121.446,39 €
- Fecha de adjudicación
- 06/08/2025
- Formalización del contrato
- 07/08/2025
Documentos
- PCAPPCAP Obras de reasfaltado y asfaltado de varias zonas de Ubrique.pdfAbrir original
- PPTPPT__ Proyecto Mejora__ Obras de reasfaltado y asfaltado de varias zonas de Ubrique.pdfAbrir original
- AnexoDEUC.pdfAbrir original
- AnexoANEXO III.odtAbrir original
- AnexoANEXO I.odtAbrir original
- AnexoANEXO II.odtAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteRectificación error material pliego cláusulas administrativas particulares.Abrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- OFERTA MEJOR VALORADA(Automático)Ponderación: 80
- MEJORA PLAZO EJECUCIÓN ACTUACIÓN 1 "RECINTO FERIAL"(Automático)Ponderación: 20
Solvencia económica y financiera
- Declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios inmediatamente anteriores al del 2025, que habrá de ser como mínimo igual o superior a una vez y media el valor estimado del presente contrato (185.950,41€) El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de empresas de nueva creación la solvencia económica podrá acreditarse mediante un seguro de indemnización por riesgos profesionales vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas junto con un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Alternativamente se podrá aportar un compromiso vinculante de suscripción de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior al valor estimado del contrato.
Solvencia técnica o profesional
- Relación de las principales obras ejecutadas en los últimos cinco años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que tenga un presupuesto análogo indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución. Deberá acreditar haber ejecutado un mínimo de tres obras de presupuesto análogo en los cinco últimos años acompañadas de sus certificados correspondientes. Se entenderán como obras de presupuesto análogo aquellas cuyos valores estimados sean iguales o superiores al 50 % de la cantidad señalada como valor estimado de la obra que es objeto de licitación. Las obras efectuadas se acreditarán mediante certificados de “buena ejecución” expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, y cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) del artículo 88.1 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido anteriormente relativo a la ejecución de un número determinado de obras.
Garantías
- Provisional: 3 %
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Códigos CPV
- 45233222
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