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Alcaldía del Ayuntamiento de JalanceExpediente: 478-2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro e instalación de de setenta y seis camas eléctricas con carro elevador para para la Residencia de Personas Mayores Dependientes San Blas de Jalance.

Información sobre la licitación Suministro e instalación de de setenta y seis camas eléctricas con carro elevador para para la Residencia de Personas Mayores Dependientes San Blas de Jalance de Alcaldía del Ayuntamiento de Jalance. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Jalance, del CPV 33192130 o en Valencia/València.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Jalance

NIF: P4614400B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valencia/València
Código NUTS
ES523

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
50.084,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
60.601,64 €
Presupuesto base (sin IVA)
61.180,00 €
Baja
18,14 %
Ofertas recibidas
6 (6 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
50.084,00 € – 60.724,00 €
Fecha de adjudicación
16/09/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Criterios de adjudicación

  • Oferta económicamente más ventajosa(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Clausula octava .2.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por: a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a la cuantía de NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA EUROS.-91.770,00€ (una vez y media valor estimado del contrato) El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en Registro Mercantil o en el registro oficial donde deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. También podrá ser acreditado, mediante la cifra “Importe neto de la cifra de negocios” que conste en el Modelo 200 “Impuesto sobre sociedades” o documentación oficial agencia tributaria.

Solvencia técnica o profesional

  • Clausula octava.2.2. En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por: a) Relación de los principales suministros efectuados en los últimos tres años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS EUROS.-42.826,00. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por: - Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución del contrato. - Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 33192130

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