Presidencia de la Diputación Provincial de ValenciaExpediente: 190/25/MAMComprobada en la Plataforma de Contratación:
Obras de "Mejora de la estabilidad ante riesgos geológicos en la zona de la ladera de la loma de San Cristobal (Alpuente)"
Información sobre la licitación Obras de "Mejora de la estabilidad ante riesgos geológicos en la zona de la ladera de la loma de San Cristobal (Alpuente)" de Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia, del CPV 45111230 o en Valencia/València.
Organismo contratante
Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia
NIF: P4600000F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Valencia/València
- Código NUTS
- ES523
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 89.564,30 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 108.372,80 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 98.671,70 €
- Baja
- 9,23 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 89.564,30 € – 95.218,19 €
- Fecha de adjudicación
- 29/10/2025
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPROYECTO.pdfAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInformación sobre correos fraudulentosAbrir original
- ExpedienteCertificado Mesa 2025 09 11 4 2 y RequerimientoAbrir original
- ExpedienteCertificado Mesa 2025 10 02 4 1Abrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- 1. Precio(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera, atendiendo a lo establecido en el artículo 87 de la LCSP, será el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos, y deberá ser igual o superior al valor estimado del contrato (108.538,87 €, IVA no incluido). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. La solvencia se podrá acreditar de forma facultativa y alternativa en el Grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación del contrato: Grupo: K(especiales)Subgrupo:(Sondeos, inyecciones y pilotajess)Categoría:1
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante una relación de las obras ejecutadas por el licitador en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del contrato, al ser inferior a un año su duración (75.977,21 €). Esta relación de obras ejecutadas por el licitador en el curso de los cinco últimos años deberá ir acompañada de los correspondientes certificados de buena ejecución. Se considera que la acreditación de la solvencia técnica o profesional mediante este criterio, de los contenidos en el artículo 88, permite que las pequeñas y medianas empresas hayan ejecutado obras por este importe puedan presentarse, al mismo tiempo que se garantiza una aptitud suficiente por parte de los potenciales licitadores interesados en el contrato y un acceso no restrictivo de la licitación. Conforme al artículo 88.2 de la LCSP, el criterio para acreditar la solvencia técnica o profesional cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, consistirá en aportar una declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, así como declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras. Se considerará que la empresa de nueva creación tiene la solvencia técnica y profesional necesaria cuando cumpla los siguientes condicionantes: • Plantilla media anual de la empresa igual o superior a 5 personas. • La valoración de la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de la obra debe estar valorado en una cantidad igual o superior a los quince mil euros (15.000 €). La solvencia se podrá acreditar de forma facultativa y alternativa en el Grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación del contrato: Grupo: K(especiales)Subgrupo:2 (Sondeos, inyecciones y pilotajes) Categoría:1
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45111230
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