Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de CaspeExpediente: 2210/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
suministro de productos de limpieza
Información sobre la licitación suministro de productos de limpieza de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Caspe. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Caspe, del CPV 39224300 o en Zaragoza.
Organismo contratante
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Caspe
NIF: P5007400D
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Zaragoza
- Código NUTS
- ES243
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 0,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 0,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 39.096,68 €
- Baja
- 100 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 33.812,52 €
- Fecha de adjudicación
- 07/08/2025
- Formalización del contrato
- 08/08/2025
Documentos
- PCAPPCAP limpieza.pdfAbrir original
- PPTPPT limpieza.pdfAbrir original
- ExpedienteAnexosAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- Expedientelistado materialesAbrir original
- ExpedienteResolución traslado MesaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 años
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 65
- Plazo de entrega(Automático)Ponderación: 30
- Mejoras(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Mediante declaración del volumen anual de negocios referida a los tres últimos años (2022, 2023 y 2024) en el ámbito al que se refiere el contrato. El criterio mínimo de solvencia exigido: que el importe declarado sea igual o superior al 100 % del importe anual del contrato (23.653,49 €). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Se puntualiza que por volumen anual debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias indicados en los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidos en la legislación mercantil. Este requisito podrá ser igualmente acreditado por medio de certificado del importe neto de la cifra de negocios expedido por la Agencia Tributaria.
- Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 50.000 euros el cual deberá estar vigente a la finalización del plazo para la presentación de las ofertas y compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, o bien póliza o la propuesta de dicho seguro, que cubra como mínimo, el importe señalado. Si se presenta propuesta de seguro, una vez clasificadas las empresas, el licitador que sea propuesto como adjudicatario deberá aportar la póliza del mismo con carácter previo a la adjudicación.
Solvencia técnica o profesional
- Una relación de los principales suministros del mismo tipo o naturaleza al del objeto de presente contrato realizados en los últimos tres años (2022, 2023 y 2024) que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El criterio mínimo de solvencia exigido: Realización de suministros similares al objeto del contrato, en el mejor ejercicio de los tres anteriormente señalados, por importe acumulado igual o superior al importe anual del contrato (23.653,49 € I.V.A. incluido).
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 39224300
- 39800000
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