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Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de MadridExpediente: 300/2025/01165Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de catering con productos de comercio justo para actos, jornadas y eventos de la dirección general de samur protección civil

Información sobre la licitación Servicio de catering con productos de comercio justo para actos, jornadas y eventos de la dirección general de samur protección civil de Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, del CPV 55322000 o en Madrid.

Organismo contratante

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid

NIF: P2807900B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
54.323,50 €
Importe adjudicado (con IVA)
59.755,85 €
Presupuesto base (sin IVA)
65.450,00 €
Baja
17 %
Ofertas recibidas
5 (5 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
14/08/2025
Formalización del contrato
15/09/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 24 meses

Prórroga: SÍ Duración: Posibilidad de una o varias prórrogas hasta un máximo de 24 meses más.

Criterios de adjudicación

  • Mejora del Servicio(Automático)Ponderación: 51
  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 49

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1 de la LCSP: - Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Volumen anual de negocios del licitador o candidato, exclusivamente en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos ejercicios concluidos a contar desde la publicación efectiva del PCAP, excluyendo trabajos que se hayan ejecutado en el propio año en curso, que deberá ser igual o superior al valor estimado del contrato. Importe: 130.900,00 €. Medio de Acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de la empresa de los 3 últimos ejercicios ya cerrados. Se ha optado por no alcanzar el límite máximo permitido de 1,5 veces el valor estimado del contrato para abrir la concurrencia a nuevas empresas, garantizando a la vez una solvencia económica suficiente del licitador, no existiendo en este supuesto causa justificativa que faculte a incrementar ese límite máximo

Solvencia técnica o profesional

  • Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Los licitadores presentarán, como parte de la solvencia técnica, la identificación del vehículo isotérmico que asigna a la prestación del servicio objeto del contrato. Medio de acreditación: Certificado ATP del vehículo especial Isotermo que el adjudicatario asigna a la prestación del servicio. Dicho certificado debe ser conforme a las especificaciones técnicas establecidas en el Real Decreto 237/2000. La solvencia técnica se acreditará mediante los medios indicados, también en el caso de que el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años y todo ello en cumplimiento del apartado 4 del artículo 90 de la LCSP, en cuya virtud “En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios”
  • Artículo 90.1 de la LCSP: - Apartado: d) Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de este, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Los licitadores deberán acreditar que su organización está en posesión de: 1.- Autorización sanitaria de funcionamiento e inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) o equivalente, que comprenda, al menos, la fabricación de comidas preparadas para colectividades. 2.- Declaración responsable relativa a que el personal que participe en la prestación de servicio dispondrá de certificación de formación de manipuladores de alimentos. Medios de acreditación: 1.- Se presentará copia de la autorización sanitaria de funcionamiento e inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA). 2.- Se presentará declaración responsable relativa a que el personal que participe en la prestación de servicio dispondrá de certificación de formación de manipuladores de alimentos. El motivo por el cual se solicita el requisito de solvencia técnica es la autorización sanitaria de funcionamiento e inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) o equivalente, constituye un documento necesario para que la empresa adjudicataria acredite el cumpliendo la normativa sanitaria. Por otra parte, se exige declaración responsable relativa a la formación en manipulación de alimentos, obligatoria para el personal de la empresa que preste los servicios al constituir un requisito sanitario de carácter esencial

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 1 %

Requisitos específicos

  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 55322000
  • 55321000

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