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Alcaldía del Ayuntamiento de CalasparraExpediente: 2332/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Escuelas vacacionales de conciliación

Información sobre la licitación Escuelas vacacionales de conciliación de Alcaldía del Ayuntamiento de Calasparra. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Calasparra, del CPV 92000000 o en Murcia.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Calasparra

NIF: P3001300G

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Urgente
Lugar de ejecución
Murcia
Código NUTS
ES620

Adjudicación

Formalizado

EXTRACOLE S. L.B73488066
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
118,19 €
Importe adjudicado (con IVA)
130,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
51.636,36 €
Baja
99,77 %
Ofertas recibidas
2 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
118,19 € – 158,00 €
Fecha de adjudicación
27/06/2025
Formalización del contrato
30/06/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

Criterios de adjudicación

  • Proyecto lúdico-educativo(Juicio de valor)Ponderación: 50
  • Menor precio unitario: Escuela de verano agosto(Automático)Ponderación: 9
  • Menor precio unitario: Escuela de Navidad(Automático)Ponderación: 9
  • Menor precio unitario: Escuela de primavera(Automático)Ponderación: 9
  • Menor precio unitario: Escuela de verano junio-julio(Automático)Ponderación: 9
  • Reducción de la ratio de alumnos por monitor(Automático)Ponderación: 6
  • Ampliación del horario(Automático)Ponderación: 4
  • Monitor ACNEAE(Automático)Ponderación: 4

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica para llevar a cabo el contrato objeto de licitación se acreditará con arreglo a lo establecido en el artículo 87 de la LCSP mediante “el volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.” En este caso, se establece el siguiente requisito mínimo de solvencia: Los licitadores deberán acreditar una cifra de negocios anual, en el ámbito al que se refiere el contrato, por importe de una vez y media del valor estimado anual del contrato, en alguno de los tres últimos ejercicios disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica y profesional para llevar a cabo el contrato objeto de licitación se acreditará con arreglo a lo establecido en el artículo 90 de la LCSP mediante “una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.” En este caso, se establece el siguiente requisito mínimo de solvencia: La empresa deberá haber realizado en los tres últimos años, al menos cuatro (4) trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. El importe de cada uno de los trabajos deberá ser como mínimo del 50% del tipo de licitación.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 92000000

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