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Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de MadridExpediente: 300/2025/00426Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de servicios para la realización de un estudio de opinión entre los usuarios de los Centros de Servicios Sociales de Atención Social Primaria.

Información sobre la licitación Contrato de servicios para la realización de un estudio de opinión entre los usuarios de los Centros de Servicios Sociales de Atención Social Primaria de Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, del CPV 79342311 o en Madrid.

Organismo contratante

Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid

NIF: P2807900B

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
32.489,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
39.311,69 €
Presupuesto base (sin IVA)
61.041,28 €
Baja
46,78 %
Ofertas recibidas
14 (12 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
04/09/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 24 meses

Prórroga: Sí procede Duración: hasta 24 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta Económica(Automático)Ponderación: 40
  • 1 Mejora técnica: Incorporación de preguntas adicionales ajustadas a nuevas realidades sociales(Automático)Ponderación: 25
  • 2 Mejora técnica: Informe para cada uno de los distritos de Madrid(Automático)Ponderación: 20
  • 3 Mejora técnica: Organizar y realizar una sesión técnica por cada uno de los dos estudios realizados(Automático)Ponderación: 15

Solvencia económica y financiera

  • Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: El licitador deberá acreditar un volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres años disponibles (2022, 2023 y 2024) que deberá ser igual o superior a 37.000 euros (IVA incluido), debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. De conformidad con lo establecido en el art. 86.1 párrafo 3º de la LCSP: “Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.” Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la Mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.

Solvencia técnica o profesional

  • Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Haber realizado trabajos de igual o similar naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años contados hasta la fecha final de presentación de ofertas, debiendo haber ejecutado por lo menos en uno de los tres años citados, trabajos de igual o similar naturaleza por un importe igual o superior a 37.000 euros, IVA excluido. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, acreditarán su solvencia técnica conforme a lo dispuesto en el Artículo 90.1 e) LCSP, en atención a lo dispuesto en el art. 90.4 LCSP: - Apartado: e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental para las empresas de nueva creación: Declaración responsable firmada del representante legal de la entidad en la que se haga constar que el consultor senior y el responsable de campo cuentan al menos con la titulación exigida en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Declaración sobre personas con discapacidad

Códigos CPV

  • 79342311

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