Alcaldía del Ayuntamiento de PedrolaExpediente: 449/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Reforma de los vestuarios y salas polivalentes de las piscinas municipales
Información sobre la licitación Reforma de los vestuarios y salas polivalentes de las piscinas municipales de Alcaldía del Ayuntamiento de Pedrola. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Pedrola, del CPV 45210000 o en Zaragoza.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Negociado sin publicidad
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Zaragoza
- Código NUTS
- ES243
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 322.382,53 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 390.082,86 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 322.465,17 €
- Baja
- 0,03 %
- Ofertas recibidas
- 1 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 322.382,53 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP NSP.pdfAbrir original
- PPTPPT Proyecto basico y ejecucion reforma vestuarios y salas.pdfAbrir original
- AnexoAnexo IV cumplimento obligaciones contractuales.docAbrir original
- AnexoAnexo I Oferta economica aspectos a negociar.docAbrir original
- AnexoAnexo II solvencia con medios externos.docAbrir original
- AnexoAnexo III compromiso adscripcion medios personales.docAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 4 meses
Criterios de adjudicación
- Mejor oferta(Automático)Ponderación: 90
- Ampliación plazo de garantía(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Se deberá acreditar mediante el volumen anual de negocio en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de declaración de dicho volumen acompañada de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro mercantil. Igualmente, se aceptará como medio de prueba certificado de la Agencia Tributaria sobre el importe neto de la cifra de negocios.
Solvencia técnica o profesional
- Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Para la presente contratación será preciso acreditar que, al menos, el licitador dispone de un Jefe de obra, con una experiencia mínima de 4 años en la ejecución de trabajos correspondientes al subgrupos 4 ó 6 del Grupo C del artículo 25 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con dedicación exclusiva y presencia permanente en la obra. En el caso de que no estuviera integrado, deberá aportarse compromiso de colaboración por obra, con aceptación explícita del técnico correspondiente a secundar dicha colaboración a lo largo de toda la duración del contrato. (Anexo III) Este compromiso de adscripción será obligación contractual esencial.
- Una relación de las principales obras ejecutadas, de igual o similar naturaleza que las que constituyen el objeto del contrato, en el curso de, como máximo, los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución que, en caso de ser destinatarios privados podrán sustituirse por copias de las facturas emitidas. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. La solvencia se entenderá acreditada por los empresarios que acrediten la ejecución de las obras correspondientes al Grupo C, del artículo 25 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, cuyo importe acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato.
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45210000
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