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Teniente de Alcalde de Contratación del Ayuntamiento de AntequeraExpediente: 2026CONTRA000001Comprobada en la Plataforma de Contratación:

El objeto del contrato proyectado consiste en el suministro, montaje y desmontaje, mediante arrendamiento, de la iluminación extraordinaria para las FESTIVIDADES DE CARNAVAL, FERIA DE PRIMAVERA, REAL FERIA DE AGOSTO Y NAVIDAD

Información sobre la licitación El objeto del contrato proyectado consiste en el suministro, montaje y desmontaje, mediante arrendamiento, de la iluminación extraordinaria para las FESTIVIDADES DE CARNAVAL, FERIA DE PRIMAVERA, REAL FERIA DE AGOSTO Y NAVIDAD de Teniente de Alcalde de Contratación del Ayuntamiento de Antequera. Puedes consultar otras licitaciones de Teniente de Alcalde de Contratación del Ayuntamiento de Antequera, del CPV 34991000 o en Málaga.

Organismo contratante

Teniente de Alcalde de Contratación del Ayuntamiento de Antequera

NIF: P2901500E

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Málaga
Código NUTS
ES617

Adjudicación

Formalizado

PORGESA, SA.A14099022
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
269.915,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
326.597,15 €
Presupuesto base (sin IVA)
554.421,00 €
Baja
51,32 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
269.915,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Ver cláusula séptima del PCAP.

Criterios de adjudicación

  • CARACTERISTICAS FUNCIONALES Y ESTÉTICAS(Juicio de valor)Ponderación: 40
  • CRITERIO 2 MEJORA EN LA RENOVACIÓN DE LOS DISEÑOS DE LOS ARCOS DE ILUMINACIÓN CADA AÑO(Automático)Ponderación: 30
  • CRITERIO 1 PROPOSICÍÓN ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 20
  • CRITERIO 3 MEJORA EN EL TIEMPO ESTIMADO DE DESMONTAJE DE LOS MOTIVOS LUMINOSOS DE CADA FESTIVIDAD(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Ver cláusula octava del PCAP. -La solvencia económica y financiera. Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. En su caso, el volumen mínimo anual exigido será de 277.210,50 €, fijado teniendo en cuenta la limitación de que el importe no sea superior a 1,5 veces el valor estimado del contrato.El volumen anual de negocios se acreditará mediante copia simple de la declaración de la AEAT, modelo 390. Cuando el licitador sea una entidad no obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad en sus tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas en el Registro público correspondiente.

Solvencia técnica o profesional

  • Ver cláusula octava del PCAP. - Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar: Aunque no es necesario certificar la autenticidad de las muestras, descripciones y fotografías, ya que la Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. Sin la conformidad previa del director técnico municipal del contrato, sobre los materiales a instalar no se podrá iniciar la instalación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.2 de la LCSP, se requiere la adscripción de los siguientes medios personales a la ejecución del contrato: - Al menos un Ingeniero Superior o Técnico Industrial o con formación equivalente responsable de la instalación. - Al menos un Instalador electricista en Baja Tensión con categoría especialista, según lo reseñado en la ITC-BT 03 del Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el reglamento electrotécnico de Baja Tensión e instrucciones técnicas complementarias, que acredite al contratista como Empresa Instaladora en Baja Tensión. Justificación de los medios elegidos
  • Ver cláusula octava del PCAP. -Descripción de las instalaciones técnicas disponibles por la empresa (como talleres, naves de almacenamiento, etc), de los medios técnicos de fabricación (como maquinaria, herramientas, etc) y de los medios técnicos de instalación (como vehículos, vehículos con cesta, camiones pluma, plataformas elevadoras, etc): Deberá presentar la siguiente documentación acreditativa: Memoria descriptiva donde se haga constar las instalaciones técnicas disponibles de la empresa, así como de los medios técnicos de fabricación de las figuras y arcos decorativos de iluminación a instalar. • Tipo y cantidad de medios técnicos de instalación a utilizar.
  • Ver cláusula octava del PCAP. La solvencia técnica o profesional Relación de los principales suministros o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en curso, de como máximo los 3 últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de éste, mediante declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en su poder que acrediten la realización de la prestación. En su caso, el importe mínimo a considerar en el año de mayor ejecución será de 277.210,50 €. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los 3 primeros dígitos de los códigos CPV a que corresponde el presente contrato.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 34991000
  • 31520000

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