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Subdirección General de Oficialía MayorExpediente: 252901PAS009Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicios técnicos profesionales necesarios para redactar un proyecto de obras que, de acuerdo al artículo 231 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, permita definir con precisión las actuaciones necesarias para la conservación de la cámara bufa del edificio sito en Paseo del Prado 18-20 de Madrid,

Información sobre la licitación Servicios técnicos profesionales necesarios para redactar un proyecto de obras que, de acuerdo al artículo 231 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, permita definir con precisión las actuaciones necesarias para la conservación de la cámara bufa del edificio sito en Paseo del Prado 18-20 de Madrid, de Subdirección General de Oficialía Mayor. Puedes consultar otras licitaciones de Subdirección General de Oficialía Mayor, del CPV 71200000 o en Madrid.

Organismo contratante

Subdirección General de Oficialía Mayor

NIF: S2801445D

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
15.800,85 €
Importe adjudicado (con IVA)
19.119,03 €
Presupuesto base (sin IVA)
21.945,63 €
Baja
28 %
Ofertas recibidas
5 (5 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
15.800,85 € – 21.396,99 €
Fecha de adjudicación
05/06/2026
Formalización del contrato
29/06/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 70 días

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 49
  • Informe Diagnóstico canalizaciones(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Informe Diagnóstico conocimiento(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Informe Diagnóstico propuesta(Juicio de valor)Ponderación: 8
  • Compromiso de entrega(Automático)Ponderación: 8
  • Informe Diagnóstico paramentos verticales(Juicio de valor)Ponderación: 8
  • Compromiso de presencia(Automático)Ponderación: 7

Solvencia económica y financiera

  • El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser igual o superior a 36.394,17 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus Libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas de las Administraciones Públicas acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Se aportará el certificado del órgano del mismo, acompañado de una declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa, en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. El licitador que presente la inscripción en el Registro Oficial deberá acreditar unas condiciones de solvencia económica y financiera que sean, por lo menos iguales a las exigidas en el primer párrafo de este apartado. Del mismo modo, la empresa propuesta adjudicataria deberá comprometerse a formalizar una póliza de responsabilidad civil por riesgos profesionales por una suma asegurada de 400.000 €.

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior a 15.361,94 euros. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Si el licitador es una empresa de nueva creación de conformidad con el artículo 90 LCSP, y entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de: • Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. La solvencia quedará acreditada cuando se verifiquen los siguientes requisitos: o Entre el empresario o los directivos de la empresa, al menos uno deberá poseer titulación de Arquitecto. o El responsable de la ejecución del contrato deberá poseer titulación de Arquitecto o Arquitecto Técnico. o Entre los técnicos encargados de la ejecución del contrato, al menos dos deberán poseer titulación de Arquitecto Técnico.

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 71200000
  • 71247000

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