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Alcaldía del Ayuntamiento de Valle Gran ReyExpediente: 1172/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato administrativo de obras para la ejecución de los Proyectos industriales de mejora de las instalaciones de alumbrado público y repavimentado de la Calle Chelé y del Callejón de La Puntilla, T.M. Valle Gran Rey

Información sobre la licitación Contrato administrativo de obras para la ejecución de los Proyectos industriales de mejora de las instalaciones de alumbrado público y repavimentado de la Calle Chelé y del Callejón de La Puntilla, T.M. Valle Gran Rey de Alcaldía del Ayuntamiento de Valle Gran Rey. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Valle Gran Rey, del CPV 45233222 o en Santa Cruz de Tenerife.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Valle Gran Rey

NIF: P3804900C

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
La Gomera
Código NUTS
ES706

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
469.923,68 €
Importe adjudicado (con IVA)
502.818,34 €
Presupuesto base (sin IVA)
469.923,68 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
469.923,68 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 6 meses

Conforme a los Pliegos.

Criterios de adjudicación

  • Valoración económica del precio total del contrato(Automático)Ponderación: 65
  • Valoración del plazo total ofertado para la ejecución del objeto del contrato(Automático)Ponderación: 15
  • Valoración de mejoras durante la ejecución del contrato en equipamiento adicional a instalar(Automático)Ponderación: 10
  • Valoración del plazo total de la garantía ofertado para el contrato(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Ésta se acreditará mediante la aportación acreditada del volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio dentro de los tres (3) últimos ejercicios concluidos en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, y que deberá ser por importe igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato dispuesto en el anuncio de licitación (es decir, en SETECIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (704.885,52 €)), conforme a lo establecido en el apartado a) del artículo 87.3.a) de la LCSP. En este sentido, el volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas (ROLECE) acreditará frente al órgano de contratación, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. No obstante lo anterior, en cuanto a la solvencia técnica o profesional y a la solvencia económica y financiera de las licitadoras, para la simple presentación de la oferta será suficiente con la adecuada presentación de la declaración responsable incluida en el Anexo I del presente PCAP. debidamente cumplimentado y rubricado mediante firma electrónica por el licitador, sea persona física o por el representante autorizado de la persona jurídica.

Solvencia técnica o profesional

  • Mediante la relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco (5) últimos años, avalada por los certificados de buena ejecución que, en todo caso, indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término, conforme a lo establecido en el apartado a) del artículo 88.1 de la LCSP. En este sentido, para concretar los requisitos, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, las obras efectuadas se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que una obra es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se deberá atender a los tres primeros dígitos del código CPV. del contrato, según el Vocabulario común de contratos públicos aprobado por Reglamento (CE) 2195/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002. No obstante lo anterior, en cuanto a la solvencia técnica o profesional y a la solvencia económica y financiera de las licitadoras, para la simple presentación de la oferta será suficiente con la adecuada presentación de la declaración responsable incluida en el Anexo I del presente PCAP. debidamente cumplimentado y rubricado mediante firma electrónica por el licitador, sea persona física o por el representante autorizado de la persona jurídica.
  • También -teniendo en cuenta que el importe del valor estimado del contrato es inferior a 500.000 euros-, conforme a lo dispuesto en el artículo 88.2 de la LCSP. se podrá acreditar la solvencia técnica por cualquiera de los medios dispuestos en los apartados b) a f) del artículo 88.1 de la LCSP., cuando la empresa licitadora sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco (5) años, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a) del referido precepto legal. No obstante lo anterior, en cuanto a la solvencia técnica o profesional y a la solvencia económica y financiera de las licitadoras, para la simple presentación de la oferta será suficiente con la adecuada presentación de la declaración responsable incluida en el Anexo I del presente PCAP. debidamente cumplimentado y rubricado mediante firma electrónica por el licitador, sea persona física o por el representante autorizado de la persona jurídica.

Garantías

  • Especial: 4 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Códigos CPV

  • 45233222
  • 45233000
  • 45316110
  • 45316000

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