Consejería de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda del Ayuntamiento de ZaragozaExpediente: 0020611-25Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Central fotovoltaica de 220 Kva para autoconsumo en depósitos de agua Valdespartera
Información sobre la licitación Central fotovoltaica de 220 Kva para autoconsumo en depósitos de agua Valdespartera de Consejería de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda del Ayuntamiento de Zaragoza. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda del Ayuntamiento de Zaragoza, del CPV 45251100 o en Zaragoza.
Organismo contratante
Consejería de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda del Ayuntamiento de Zaragoza
NIF: P5030300G
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Zaragoza
- Código NUTS
- ES243
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 139.500,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 168.795,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 313.962,39 €
- Baja
- 55,57 %
- Ofertas recibidas
- 14 (11 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 11/09/2025
Documentos
- AnexoDRU Declaracion Responsable Unica Ayuntamiento de Zaragoza.pdfAbrir original
- ExpedienteActa Mesa de Contratación 21 de agosto de 2025Abrir original
- ExpedienteInforme técnico justificación baja desproporcionadaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa Mesa Contratación 9 de julio de 2025Abrir original
- ExpedienteActa Mesa Contratación 25 de junio de 2025Abrir original
- ExpedienteInforme procedimiento contrataciónAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme necesidadAbrir original
- ExpedienteActa Mesa de Contratación 4 de septiembre de 2025Abrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 4 meses
Criterios de adjudicación
- Oferta económica. Cláusula 15.1 del PCAPE.(Automático)Ponderación: 80
- Incremento en el plazo de garantía paneles fotovoltaicos. Cláusula 15.2 del PCAPE(Automático)Ponderación: 10
- Incremento en el plazo de garantía inversores. Cláusula 15.3 del PCAPE(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Cláusula 12.b PCAPE: Solvencia económica y financiera: Volumen anual de negocios en el mejor de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de la actividad de los empresarios por un importe mínimo de 470.943,58 €, 1,5 veces el valor estimado del contrato conforme al artículo 87 de la LCSP. Cláusula 12.d PCAPE: se podrá acreditar los requisitos de solvencia económica y técnica con la clasificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas: Grupo I) Instalaciones eléctricas. Subgrupo 9. Instalaciones eléctricas sin cualificación específica. Categoría 2.
Solvencia técnica o profesional
- Cláusula 12.c PCAPE: Relación de las obras ejecutadas de igual o similar naturaleza que las que constituyen el objeto del contrato en el curso de los cinco últimos años, avaladas por certificados de buena ejecución, por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de dicho periodo, que sea igual o superior a 219.773,67 euros IVA no incluido, que se corresponde con el 70% del valor estimado del contrato, indicándose también en dicha relación las características técnicas de las mismas. Cláusula 12.e PCAPE: Empresas de nueva creación: Conforme al articulo 88.2 de la Ley 9/2017 del 8 de Noviembre de Contratos del Sector Público, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a los que ser refieren las letras b) a f) . El criterio elegido se ajusta al apartado c) de dicho artículo, ajustado a las especialidades de la obra a acometer, es decir se solicita la titulación de ingeniero o ingeniero técnico o graduado en ingeniería o cualquier otra relacionada con el objeto del contrato, distinto del exigido en la adscripción de medios personales. Cláusula 12.d PCAPE: se podrá acreditar los requisitos de solvencia económica y técnica con la clasificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 25 y 26 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas: Grupo I) Instalaciones eléctricas. Subgrupo 9. Instalaciones eléctricas sin cualificación específica. Categoría 2.
- Cláusula 12.f PCAPE: Compromiso de adscripción de medios personales: Jefe de Obra: Titulación: Ingeniero T. Industrial o Graduado en Ingeniería Industrial o cualquier otra titulación relacionada con el objeto del contrato acorde con las características y complejidad de la obra con una experiencia mínima: 5 años en obras similares; Encargado de obra: con una experiencia mínima: 3 años como encargado de obra, en obras de igual o similar naturaleza. Compromiso de adscripción de medios materiales: Un espacio habilitado a disposición de la dirección facultativa o caseta destinada a oficina de la obra.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Códigos CPV
- 45251100
- 45315600
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