Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropìcal de GranadaExpediente: 346/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Ejecución de las obras de renovación del saneamiento de la calle Federico García Lorca de Lobres, término municipal de Salobreña.
Información sobre la licitación Ejecución de las obras de renovación del saneamiento de la calle Federico García Lorca de Lobres, término municipal de Salobreña de Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropìcal de Granada. Puedes consultar otras licitaciones de Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropìcal de Granada, del CPV 45232411 o en Granada.
Organismo contratante
Presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropìcal de Granada
NIF: P1800022D
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Granada
- Código NUTS
- ES614
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 44.524,13 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 53.874,20 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 49.909,35 €
- Baja
- 10,79 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 44.524,13 € – 46.914,79 €
- Fecha de adjudicación
- 05/08/2025
- Formalización del contrato
- 21/08/2025
Documentos
- PCAPPliego de Clausulas Administrativas.pdfAbrir original
- PPTProyecto calle Federico Garcia Lorca.pdfAbrir original
- AnexoAnexo II.docxAbrir original
- AnexoAnexo VI.docxAbrir original
- AnexoProyecto calle Federico Garcia Lorca.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActa de replateo previaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 75 días
Criterios de adjudicación
- Oferta Económica(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios, la solvencia podrá acreditarse indistintamente mediante la clasificación del contratista en el Grupo E Subgrupo 1 categoría 1 o mediante el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por un importe igual o superior al valor estimado del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados o documentos del correspondiente Registro Mercantil. No será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de la obligación de acreditar su solvencia. Dicha acreditación se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación: Acreditación del volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, por importe igual o superior al del importe estimado de este contrato (art. 87.1.a LCSP). La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante declaración del empresario indicando el volumen de negocios de la empresa en el ámbito al que se refiere el contrato.
Solvencia técnica o profesional
- Trabajos realizados, la solvencia podrá acreditarse indistintamente mediante la clasificación del contratista en el Grupo E Subrupo 1 categoría 1 o mediante la relación relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo y subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, avalados por certificados de buena ejecución cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del contrato. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante la indicación del contratista de contar con un técnico responsable de la obra, integrado o no en la empresa, con título habilitante para el ejercicio de cualquiera de las profesiones en el ámbito de la ingeniería que deberá contar, con al menos, 3 años de antigüedad. La titulación y experiencia requerida se acreditará a través de los siguientes documentos ,Curriculum Vitae, Título habilitante. En los supuestos de desarrollo profesional por cuenta propia, alta en el epígrafe correspondiente del IAE en el que conste la fecha de inicio de actividad. En los supuestos de trabajo por cuenta ajena, contrato laboral con la fecha de inicio y finalización en su caso y categoría. No será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de la obligación de acreditar su solvencia. Dicha acreditación se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos 5 años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 del valor estimado del contrato. Título habilitante para el ejercicio de cualquiera de las profesiones en el ámbito de la ingeniería y arquitectura del responsable de la obra que deberá contar, con al menos, 3 años de antigüedad.
Garantías
- Especial: 5 %
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Códigos CPV
- 45232411
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