Junta de Gobierno del Ayuntamiento de CádizExpediente: 2025/034Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de talleres “en verano un Mar de Actividades”
Información sobre la licitación Servicio de talleres “en verano un Mar de Actividades” de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz, del CPV 80000000 o en Cádiz.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz
NIF: P1101200B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Cádiz
- Código NUTS
- ES612
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 610,22 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 738,37 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 31.614,29 €
- Baja
- 98,07 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 602,86 € – 688,84 €
- Fecha de adjudicación
- 01/07/2025
- Formalización del contrato
- 03/07/2025
Documentos
- PCAP08 PCAP 2025 034 F.pdfAbrir original
- PPT03 PPT 2025 034.pdfAbrir original
- AnexoAnexo III oferta y criterios automatc Mar actv 25034.docAbrir original
- AnexoAnexo V Dc DchH e int fiscal Mar actv 25034.docAbrir original
- AnexoAnexo VI Dc Inf confcial Mar actv 25034.docAbrir original
- Anexo00 Anexo instrucc garantia.docAbrir original
- AnexoAnexo II1 o Anexo II2 Mar actv 25034.docAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInf fiscalizAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInf juridicoAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
Atendiendo la previsión del artículo 29.2 LCSP, La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato, salvo que en el pliego que rija el contrato se establezca uno mayor. Quedan exceptuados de la obligación de preaviso los contratos cuya duración fuera inferior a dos meses. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 8 del anexo I del PCAP, por una anualidad más. En todo caso, la prórroga deberá ser acordada antes de la finalización de la duración inicial del contrato.
Criterios de adjudicación
- Criterio 1 Económico(Automático)Ponderación: 49
- Criterio 4 METODOLOGÍA(Juicio de valor)Ponderación: 25
- Criterio 3 RECICLAJE(Automático)Ponderación: 13
- Criterio 2 Material publicitario(Automático)Ponderación: 13
Solvencia económica y financiera
- El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil”. En función de la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple con el criterio o los criterios que se señalan: Que el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos concluidos, deberá ser, al menos: CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTIÚN EUROS CON CUARENTA Y CUATROS CÉNTIMOS (47.421,44 €)
Solvencia técnica o profesional
- La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato En función de la documentación exigida en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene SOLVENCIA TÉCNICA, si cumple con el criterio o los criterios que se señalan: Acreditación de servicios realizados en los 3 últimos años en el que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: VEINTIDOS MIL CIENTO TREINTA EUROS (22.130,00 €). SOLVENCIA TÉCNICA DE EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN De acuerdo con la previsión del artículo 90.4 LCSP, cuando el contratistas sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se podrá acreditar por el/los medio/s indicados de las letras 90.1.b) a 90.1.I), no admitiéndose, en ningún caso, lo estipulado en la letra 90.1.a) Las Uniones temporales de empresas (UTE) deben acreditar la clasificación o la solvencia exigida en este pliego conforme a las prescripciones legales y reglamentarias vigentes, de acuerdo con la previsión del artículo 69 LCSP. Para las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, podrá acreditar su solvencia técnica mediante: Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Declaración sobre promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 80000000
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