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Gerencia Regional de Salud de Castilla y LeónExpediente: 0000-006-1-2025-15316Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Dirección Facultativa de las Obras de terminación del Centro de Salud de Sahagún (León)

Información sobre la licitación Dirección Facultativa de las Obras de terminación del Centro de Salud de Sahagún (León) de Gerencia Regional de Salud de Castilla y León. Puedes consultar otras licitaciones de Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, del CPV 71221000 o en Valladolid.

Organismo contratante

Gerencia Regional de Salud de Castilla y León

NIF: Q4700608E

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valladolid
Código NUTS
ES418

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
86.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
104.060,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
108.338,93 €
Baja
20,62 %
Ofertas recibidas
2 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
70.000,00 € – 86.000,00 €
Fecha de adjudicación
29/08/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Criterios de adjudicación

  • 1.- Proposición económica.(Automático)Ponderación: 30
  • 1.- Estudio y conocimiento del proyecto(Juicio de valor)Ponderación: 25
  • 2.- Planificación de las obras(Juicio de valor)Ponderación: 15
  • 2.- Informe de seguimiento(Automático)Ponderación: 11
  • 3.- Incremento del número de visitas para el seguimiento del desarrollo de las obras(Automático)Ponderación: 10
  • 3-.Seguimiento y control de la obra.(Juicio de valor)Ponderación: 9

Solvencia económica y financiera

  • SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas por un importe no inferior a 130.000 € por siniestro, así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. La justificación del requisito de solvencia económica se basa en el artículo 87 apartados 1 b), 3 y 4 de la Ley de Contratos del Sector Público y en los correspondientes del RGCSP y se ha tenido en cuenta su vinculación directa con el objeto del contrato, proporcionalidad al mismo, y que no suponga un obstáculo para la participación de pequeñas y medianas empresas o profesionales. La acreditación se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos que proceda.

Solvencia técnica o profesional

  • SOLVENCIA TÉCNICA. La solvencia técnica se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, avalados por certificados de buena ejecución. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 37.918,63 € (IVA excluido). A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Con la finalidad de garantizar la mejor prestación del servicio, sólo se admitirá la solvencia de terceros correspondiente al personal propuesto en el equipo de trabajo que desarrollará las prestaciones objeto de esta licitación. SOLVENCIA TÉCNICA PARA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN La solvencia técnica se acreditará mediante los títulos académicos y profesionales de los responsables de la ejecución del contrato, y los correspondientes certificados de colegiación. La acreditación se efectuará mediante compromiso firmado por el licitador y los profesionales responsables de la ejecución del servicio –como mínimo un arquitecto, un arquitecto técnico o aparejador y un ingeniero industrial o ingeniero técnico industrial, acompañado de los documentos de titulación académica y colegiación de cada uno de ellos.

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 71221000

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