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JUnta de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de MadridExpediente: 36/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de Energía Eléctrica en el Edificio Sede de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid

Información sobre la licitación Suministro de Energía Eléctrica en el Edificio Sede de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid de JUnta de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de JUnta de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, del CPV 09310000 o en Madrid.

Organismo contratante

JUnta de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid

NIF: P2800094A

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
25.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
30.250,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
25.000,00 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
3 (0 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
16/04/2026
Formalización del contrato
20/04/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta Económica(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia del empresario: EXENTA Establece el apartado quinto de artículo 11 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en concordancia con lo dispuesto en el artículo 92 in fine de la LCSP, que salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional para los contratos de suministros cuyo valor estimado no exceda de 35.000,00 euros. El valor estimado del contrato que se pretende adjudicar asciende a la cantidad de 25.000,00 euros, por lo que se estará exento de exigir a los licitadores al contrato, la acreditación de los requisitos de la solvencia económica y financiera, así como de la técnica y profesional.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia del empresario: EXENTA Establece el apartado quinto de artículo 11 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en concordancia con lo dispuesto en el artículo 92 in fine de la LCSP, que salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional para los contratos de suministros cuyo valor estimado no exceda de 35.000,00 euros. El valor estimado del contrato que se pretende adjudicar asciende a la cantidad de 25.200,00 euros, por lo que se estará exento de exigir a los licitadores al contrato, la acreditación de los requisitos de la solvencia económica y financiera, así como de la técnica y profesional.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 09310000

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