Presidencia de la Autoridad Portuaria de Las PalmasExpediente: I-2025/03Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Instalación de alumbrado público en contradique y ampliación de Muelle de Naos-Lanzarote
Información sobre la licitación Instalación de alumbrado público en contradique y ampliación de Muelle de Naos-Lanzarote de Presidencia de la Autoridad Portuaria de Las Palmas. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, del CPV 45316000 o en Las Palmas.
Organismo contratante
Presidencia de la Autoridad Portuaria de Las Palmas
NIF: Q3567002E
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Lanzarote
- Código NUTS
- ES708
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 137.405,31 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 147.023,68 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 154.354,07 €
- Baja
- 10,98 %
- Ofertas recibidas
- 2 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 137.405,31 € – 138.929,47 €
- Fecha de adjudicación
- 10/07/2025
- Formalización del contrato
- 30/07/2025
Documentos
- PCAPI 2025 03 20250213 PCAP.pdfAbrir original
- PPTI 2025 03 20250123a PROYECTO.pdfAbrir original
- AnexoI 2025 03 20250123b Presupuesto.bc3Abrir original
- AnexoI 2025 03 20250422 DEUC.zipAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteResolución del Órgano de Contratación por la que se acepta la propuesta de adjudicación del contratoAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteCertificación del resultado del acto de apertura del SOBRE ELECTRÓNICO 3Abrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 meses
Criterios de adjudicación
- Precio del contrato(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- Los licitadores que no estén obligados a ostentar la clasificación como contratista de obras podrán acreditar su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres (3) últimos disponibles deberá ser, al menos, una vez y media la anualidad media del contrato, es decir, al menos, doscientos treinta y un mil quinientos treinta y un euros con once céntimos (231.531,11 €). Dado que el valor estimado del contrato es inferior a quinientos mil (500.000,00) euros, aunque el requisito de clasificación como contratista de obras no es indispensable para participar en la licitación, sí se eximirá de justificar la solvencia al empresario que ostente la clasificación de obras que se indica en el CUADRO DE CARACTERÍSTICAS que encabeza el PCAP.
Solvencia técnica o profesional
- Las empresas de nueva creación que no estén obligadas a ostentar la clasificación como contratista de obras podrán acreditar su solvencia técnica si justifican que disponen de la maquinaria, el material y el equipo técnico necesarios para la ejecución de las obras de forma que se garantice el cumplimiento del contrato en las máximas condiciones de calidad. Son empresas de nueva creación las que tengan una antigüedad inferior a cinco (5) años. Dado que el valor estimado del contrato es inferior a quinientos mil (500.000,00) euros, aunque el requisito de clasificación como contratista de obras no es indispensable para participar en la licitación, sí se eximirá de justificar la solvencia al empresario que ostente la clasificación de obras que se indica en el CUADRO DE CARACTERÍSTICAS que encabeza el PCAP.
- Los licitadores que no estén obligados a ostentar la clasificación como contratista de obras podrán acreditar su solvencia técnica mediante su experiencia o trabajos realizados en los últimos cinco (5) años en la realización de obras del mismo tipo o naturaleza al que corresponde la presente licitación. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por 100 de la anualidad media del contrato, es decir, igual o superior a ciento ocho mil cuarenta y siete euros con ochenta y cinco céntimos (108.047,85 €). Dado que el valor estimado del contrato es inferior a quinientos mil (500.000,00) euros, aunque el requisito de clasificación como contratista de obras no es indispensable para participar en la licitación, sí se eximirá de justificar la solvencia al empresario que ostente la clasificación de obras que se indica en el CUADRO DE CARACTERÍSTICAS que encabeza el PCAP.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 45316000
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