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Vicepresidencia de la Mancomunidad de IslantillaExpediente: 221/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro, instalación y puesta en marcha de un sistema tecnológico Inteligente de control de aforo, capaz de medir y controlar el tráfico de vehículos (coches, bicicletas y patinetes), personas y datos de clima en diferentes puntos del complejo turístico de Islantilla.

Información sobre la licitación Suministro, instalación y puesta en marcha de un sistema tecnológico Inteligente de control de aforo, capaz de medir y controlar el tráfico de vehículos (coches, bicicletas y patinetes), personas y datos de clima en diferentes puntos del complejo turístico de Islantilla de Vicepresidencia de la Mancomunidad de Islantilla. Puedes consultar otras licitaciones de Vicepresidencia de la Mancomunidad de Islantilla, del CPV 35125100 o en Huelva.

Organismo contratante

Vicepresidencia de la Mancomunidad de Islantilla

NIF: P2100013H

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Huelva
Código NUTS
ES615

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
39.669,12 €
Importe adjudicado (con IVA)
47.999,64 €
Presupuesto base (sin IVA)
41.322,00 €
Baja
4 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
38.950,00 € – 41.322,00 €
Fecha de adjudicación
23/06/2025
Formalización del contrato
02/07/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 meses

Criterios de adjudicación

  • REALIZACIÓN DE UNA DEMOSTRACIÓN TELEMÁTICA(Automático)Ponderación: 50
  • MENOR PLAZO(Automático)Ponderación: 20
  • OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 20
  • AMPLIACIÓN DE GARANTÍA(Automático)Ponderación: 10
  • AMPLIACIÓN DEL NÚMERO DE SENSORES SUMINISTRADOS E INTEGRADOS EN EL PROYECTO(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros. El órgano de contratación indicará las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336. Deberá acreditarse a través de certificación con copia de las cuentas anuales en el año de mayor volumen de negocios de los tres últimos ejercicios concluidos, un volumen anual de negocios por una cuantía igual o superior al presupuesto de licitación (IVA excluido). Las cuentas anuales a presentar habrán sido previamente aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por Registro Mercantil. Concreción de este requisito. Medidas admitidas para su acreditación Cifra de negocios igual o superior a 1,5 veces el valor estimado del contrato: 1,5 x 41.322=61.983 € Presupuesto de licitación IVA incluido: 1.5 X 50.000=75.000€ Respecto a los tres últimos ejercicios concluidos: cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil, de los tres últimos ejercicios concluidos.

Solvencia técnica o profesional

  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la LCSP, la solvencia técnica o profesional se acreditará por los siguientes medios: Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos cuyo importe sea igual o superior al importe del 70% del valor estimado del contrato, esto es: VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO EUROS CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS DE EUROS, (28.925,61€). Lo anterior se acreditará mediante la presentación de certificados de buena ejecución que indicarán el importe, las fechas y el lugar de suministro. Los certificados serán expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o a falta del mismo mediante una declaración del empresario, en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En las uniones de empresarios, a efectos de determinación de solvencia, se acumularán las características acreditativas para cada uno de los integrantes de la misma. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante declaración indicando el equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución del contrato, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en el párrafo anterior, relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 35125100
  • 34923000

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