Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Boadilla del MonteExpediente: E/14/25Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Enajenación, mediante concurso, por procedimiento abierto, de la parcela municipal SOLAR (S1) AH-8 UR-7 PRADO ESPINO/M24/P07, industrial integrada en el Patrimonio Municipal de Suelo (PPS) de Boadilla del Monte
Información sobre la licitación Enajenación, mediante concurso, por procedimiento abierto, de la parcela municipal SOLAR (S1) AH-8 UR-7 PRADO ESPINO/M24/P07, industrial integrada en el Patrimonio Municipal de Suelo (PPS) de Boadilla del Monte de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte o del CPV 70000000.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte
NIF: P2802200B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Patrimonial
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Comunidad de Madrid
- Código NUTS
- ES3
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 1.280.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 1.548.800,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 642.000,00 €
- Baja
- -99,38 %
- Ofertas recibidas
- 5 (5 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 719.089,00 € – 1.280.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- 12/06/2026
- Formalización del contrato
- 23/07/2026
Documentos
- PCAPPLIEGOS DILIGENCIADOS.pdfAbrir original
- PPTPLIEGOS DILIGENCIADOS.pdfAbrir original
- ExpedienteCERTIFICADO JGLAbrir original
- ExpedienteACTA APERTURA SOBRE AAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedientePROVIDENCIA INICIOAbrir original
- ExpedienteORDENANZA DE APLICACIONAbrir original
- ExpedienteCEDULA URBANISTICAAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteANULACION CONVOCATORIA MESAAbrir original
- ExpedienteACTA CONVOCATORIA APERTURA Y VALORACION SOBRE BAbrir original
- ExpedienteCONVOCATORIA APERTURA SOBRE BAbrir original
- ExpedienteACTA 03-03-26Abrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteDILIGENCIAAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 36 meses
Criterios de adjudicación
- MAYOR PRECIO OFERTADO.(Automático)Ponderación: 95
- MENOR PLAZO DE CONSTRUCCIÓN(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- El adjudicatario deberá acreditarla en los siguientes términos: Requisitos: Disponer de recursos económicos suficientes para el pago del precio de la parcela ofertada y el IVA que corresponda. Medio de acreditación en el caso de resultar adjudicatario: Informe de entidad financiera que acredite la liquidez suficiente del adjudicatario a través de fondos propios o ajenos, para hacer frente al pago del precio de la parcela ofertada en el momento de la formalización del contrato en escritura pública, debiendo constar en dicho informe la indicación de la parcela para la que se solicita la acreditación de liquidez. Respecto a la determinación de la solvencia económica o financiera en el caso de acudir en unión temporal UTE, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
Solvencia técnica o profesional
- Requisitos: Disponer de los medios técnicos o profesionales suficientes para la construcción de la parcela. Medio de acreditación: Documentación acreditativa de la construcción, por parte del adjudicatario de, al menos, una obra de edificación industrial o terciaria, mediante la presentación de certificado final de obra, licencia de primera ocupación o título habilitante equivalente; documentación acreditativa de la inscripción de obra nueva en el Registro de la Propiedad; o certificado de correcta ejecución de las obras, que deberá estar suscrito por la Dirección Facultativa, el promotor o el propietario de las edificaciones. En este certificado se deberá relacionar la obra ejecutada, indicando la localización de la misma, y fecha de finalización de ésta. A estos efectos, las obras promovidas por una sociedad filial del licitador tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio licitador, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Respecto a la determinación de la solvencia profesional o técnica de la unión temporal y a sus efectos, podrá acreditarse la solvencia por uno de los integrantes de la misma.
Garantías
- Definitiva: 5 %
- Provisional: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 70000000
- 45000000
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