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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Quintanar de la OrdenExpediente: 1585/2025 ZONA AZULComprobada en la Plataforma de Contratación:

Es el objeto de este contrato la concesión de la gestión del Servicio de estacionamiento limitado en vías públicas de QUINTANAR DE LA ORDEN

Información sobre la licitación Es el objeto de este contrato la concesión de la gestión del Servicio de estacionamiento limitado en vías públicas de QUINTANAR DE LA ORDEN de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Quintanar de la Orden. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Quintanar de la Orden, del CPV 98351100 o en Toledo.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Quintanar de la Orden

NIF: P4514300E

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Contrato

Tipo
Concesión de servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Toledo
Código NUTS
ES425

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
212.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
212.000,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
0,00 €
Ofertas recibidas
2 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
75.000,00 € – 212.000,00 €
Fecha de adjudicación
23/01/2026
Formalización del contrato
27/01/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 4 años

Criterios de adjudicación

  • CÁNON(Automático)Ponderación: 70
  • PROPUESTA TÉCNICA(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • MEJORAS(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • PCAP CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- Solvencia económica y financiera.- La solvencia económica y financiera del contratista deberá acreditarse mediante la aportación de los siguientes documentos: Cuentas anuales (balance y cuenta de resultados). Una cifra anual de negocios relacionada con el control del estacionamiento limitado igual o superior a 205.000,00 euros.

Solvencia técnica o profesional

  • PCAP CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- Solvencia técnica.- La solvencia técnica o profesional de los licitadores deberá acreditarse mediante la aportación de una declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, en la que el número medio de empleados no sea inferior a 5. De conformidad con el artículo 90.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará también mediante los medios indicados en los apartados b) a i) del artículo 90.1 de dicha Ley.

Requisitos específicos

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 98351100

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