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Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de MallorcaExpediente: 1191385CComprobada en la Plataforma de Contratación:

Obras de refuerzo del firme de la Ma-1, del PK 21+000 al PK 32+000. TM de Calviá y Andratx. V3. Clave 17-08.0-RF.

Información sobre la licitación Obras de refuerzo del firme de la Ma-1, del PK 21+000 al PK 32+000. TM de Calviá y Andratx. V3. Clave 17-08.0-RF de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca. Puedes consultar otras licitaciones de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, del CPV 45233120 o en Illes Balears.

Organismo contratante

Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca

NIF: S0711002F

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Mallorca
Código NUTS
ES532

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
5.060.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
6.122.600,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
5.273.678,38 €
Baja
4,05 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
5.060.000,00 € – 5.230.000,00 €
Fecha de adjudicación
29/07/2025
Formalización del contrato
05/09/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 6 meses

Criterios de adjudicación

  • OFERTA ECONÓMICA (PRECIO MÁS BAJO)(Automático)Ponderación: 85
  • MINIMIZACIÓN DE EMISIONES DE CO2 EN LA OBRA(Automático)Ponderación: 8
  • AMPLIACIÓN DE GARANTÍA(Automático)Ponderación: 7

Solvencia económica y financiera

  • La clasificación es obligatoria, salvo para EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO. Estos únicamente deberán incluir en el sobre 1 el DEUC, y en el caso de resultar propuestos para la adjudicación, deberán presentar, previo requerimiento, la documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera (letra F.2 del PCAP). Sólo será exigible la clasificación G-4-6 en el caso de que los licitadores sean empresarios españoles (ahora bien, estos únicamente deberán incluir en el sobre 1 el DEUC, ya que la documentación acreditativa de ostentar dicha clasificación sólo se exigirá al licitador que haya presentado la mejor oferta). Ver, a este respecto, la cláusula 20.2 del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • La clasificación es obligatoria, salvo para EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO. Estos únicamente deberán incluir en el sobre 1 el DEUC, y en el caso de resultar propuestos para la adjudicación, deberán presentar, previo requerimiento, la documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera (letra F.3.a del PCAP). Sólo será exigible la clasificación G-4-6 en el caso de que los licitadores sean empresarios españoles (ahora bien, estos únicamente deberán incluir en el sobre 1 el DEUC, ya que la documentación acreditativa de ostentar dicha clasificación sólo se exigirá al licitador que haya presentado la mejor oferta). Ver, a este respecto, la cláusula 20.2 del PCAP.
  • La clasificación es obligatoria, salvo para EMPRESARIOS NO ESPAÑOLES DE ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA O DE ESTADOS SIGNATARIOS DEL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO. Estos únicamente deberán incluir en el sobre 1 el DEUC, y en el caso de resultar propuestos para la adjudicación, deberán presentar, previo requerimiento, la documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera (letra F.3.b del PCAP). Sólo será exigible la clasificación G-4-6 en el caso de que los licitadores sean empresarios españoles (ahora bien, estos únicamente deberán incluir en el sobre 1 el DEUC, ya que la documentación acreditativa de ostentar dicha clasificación sólo se exigirá al licitador que haya presentado la mejor oferta). Ver, a este respecto, la cláusula 20.2 del PCAP.
  • Concreción de las condiciones de solvencia. Las empresas licitadoras, sean o no españolas, deberán adscribir a la ejecución del contrato los medios materiales indicados en la letra F.5 del cuadro de características del contrato del PCAP (excavadora hidráulica sobre ruedas, extendedora asfáltica y camión cisterna para riego). Y sólo si resultan propuestas como adjudicatarias, previo requerimiento, deberán presentar la documentación acreditativa indicada en dicha letra (ello EXCEPTO que, de acuerdo con los apartados B y C del cuadro de criterios de adjudicación del contrato, los licitadores indiquen en su oferta que alguno de dichos medios dispone de alguno de los tipos de combustible considerados para reducir emisiones de CO2, ya que de ser así, para poder proceder a la correspondiente valoración deberán acompañar junto a su oferta, la documentación acreditativa correspondiente que se indica en el apartado C citado).

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 45233120

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