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Junta de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las CañadasExpediente: 186/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

La realización del servicio de Ayuda a Domicilio a Personas No Dependientes de los municipios integrantes de la Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas (El Boalo, Cerceda, Mataelpino, Manzanares el Real, Miraflores de la Sierra y Soto del Real)

Información sobre la licitación La realización del servicio de Ayuda a Domicilio a Personas No Dependientes de los municipios integrantes de la Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas (El Boalo, Cerceda, Mataelpino, Manzanares el Real, Miraflores de la Sierra y Soto del Real) de Junta de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Cañadas. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Cañadas, del CPV 85300000 o en Madrid.

Organismo contratante

Junta de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Cañadas

NIF: P2800053G

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
45.192,31 €
Importe adjudicado (con IVA)
47.000,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
45.192,31 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
29/05/2025
Formalización del contrato
02/06/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Pudiendo prorrogarse por la Mancomunidad por dos anualidades en la modalidad uno más uno. Eventualmente podrá prorrogarse año a año de forma expresa hasta el límite previsto en la normativa contractual.

Prórroga 1: del 01 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. Prórroga 2: del 01 de enero de 2027 hasta el 31 de diciembre de 2027.

Criterios de adjudicación

  • Mejoras(Automático)Ponderación: 80
  • Propuesta de Servicio(Juicio de valor)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 LCSP, se acreditará, mediante declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. Requisitos mínimos de solvencia: Se considerará como volumen de negocio mínimo anual 100.000 euros. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante las cuentas anuales y declaración responsable, firmada por el representante de la empresa. La inscripción en el ROLECE lo acreditará

Solvencia técnica o profesional

  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 LCSP, se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, que incluya importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente”. Deberá presentar la autorización de Comunidad de Madrid para la prestación de servicios de Dependencia

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 85300000

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