Alcaldía del Ayuntamiento de BaezaExpediente: SG/CON/SER/2/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de servicios de difusión informativa televisiva.
Información sobre la licitación Contrato de servicios de difusión informativa televisiva de Alcaldía del Ayuntamiento de Baeza. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Baeza, del CPV 64228100 o en Jaén.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Jaén
- Código NUTS
- ES616
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 42.975,12 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 52.000,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 1790,63 €
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 42.975,12 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- AnexoANEXO II PERTENENCIA O NO GRUPO EMPRESAS.docAbrir original
- AnexoPROPOSICION ECONOMICA.docAbrir original
- AnexoANEXO I DECLARACION RESPONSABLE.docAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Se prevé una única prórroga de dos años más. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. Si el adjudicatario no desea prorrogar el contrato, deberá notificarlo con un preaviso de tres meses de antelación a la fecha de finalización del mismo.
Criterios de adjudicación
- Criterio económico.(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: Volumen anual de negocios, Justificante de la existencia de un seguro de indemnización y Patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico. Para más información detallada consultar el PCAP. Cláusula sexta del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En los requisitos previos de participación solo será necesario indicar si se cumple o no mediante la introducción de un texto.
- La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: Volumen anual de negocios, Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil y Patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico. Para más información detallada consultar el PCAP. Cláusula sexta del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En los requisitos previos de participación solo será necesario indicar si se cumple o no mediante la introducción de un texto.
Solvencia técnica o profesional
- SOLVENCIA TÉCNICA ESPECÍFICA. La empresa deberá acreditar que dispone de cobertura televisiva, mediante televisión digital terrestre, en el núcleo urbano de Baeza y sus anexos de La Yedra, Puente del Obispo y Las Escuelas. El presente servicio solo se podrá realizar con aquellas empresas televisivas que tengan difusión y cobertura, mediante televisión digital terrestre, en el núcleo urbano de la ciudad y sus tres anexos de La Yedra, Puente del Obispo y Las Escuelas. . En los requisitos previos de participación solo será necesario indicar si se cumple o no mediante la introducción de un texto.
- Solvencia técnica general: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En todo caso deberá acreditarse al menos un contrato de esta naturaleza en los últimos tres años. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica general se acreditará mediante la indicación del personal técnico participantes en el contrato. Cláusula sexta del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En los requisitos previos de participación solo será necesario indicar si se cumple o no mediante la introducción de un texto.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 64228100
- 92224000
- 92220000
- 92221000
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