Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de GójarExpediente: 990/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Prestación del Servicio de iluminación ornamental para para fiestas patronales y navideñas del municipio de Gójar.
Información sobre la licitación Prestación del Servicio de iluminación ornamental para para fiestas patronales y navideñas del municipio de Gójar de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gójar. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gójar, del CPV 50232110 o en Granada.
Organismo contratante
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gójar
NIF: P1808600I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Granada
- Código NUTS
- ES614
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 32.223,50 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 38.990,43 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 37.910,00 €
- Baja
- 15 %
- Ofertas recibidas
- 4 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 30.328,00 € – 37.151,80 €
- Fecha de adjudicación
- 05/09/2025
- Formalización del contrato
- 12/09/2025
Documentos
- PCAPPCAP CONTRATO DE SERVICIO DE ILUMINACION ORNAMENTAL.pdfAbrir original
- PPTPPT CONTRATO DE SERVICIO DE ILUMINACION ORNAMENTAL.pdfAbrir original
- ExpedienteComunicación de Requerimiento de DocumentaciónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteComunicación de Requerimiento de DocumentaciónAbrir original
- ExpedienteDecreto Avocación - Proposición Segundo ClasificadoAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteRequerimiento de Documentación AdicionalAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 4 años
Asimismo, por acuerdo expreso de las partes, el contrato será susceptible de 3 prórrogas expresas por 1 año, de la manera siguiente: 1ª Prórroga: Fiestas Patronales 2026, Navidad 2026 a Reyes 2027. 2ª Prórroga: Fiestas Patronales 2027, Navidad 2027 a Reyes 2028. 3ª Prórroga: Fiestas Patronales 2028 y Navidad 2028. Y sin que, en total, la duración del contrato pueda exceder de cuatro años, prórrogas incluidas.
El contrato tendrá un plazo de vigencia de 1 año (Fiestas Patronales 2025, Navidad 2025 a Reyes 2026) a contar desde la fecha que se establezca en el documento de formalización.
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 0.5
- Memoria Técnica del Servicio(Juicio de valor)Ponderación: 0.45
- Mejora por aportación de arcos Led sin coste adicional(Automático)Ponderación: 0.04
- Mejora por aportación sin coste adicional de motivo 3D no visitable en la iluminación navideña(Automático)Ponderación: 0.01
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera del empresario de conformidad con el artículo 87.1.b) de la LCSP deberá acreditarse mediante la presentación de un justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valora estimado del contrato (151.640,00 euros).
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional del empresario de conformidad con el artículo 90.1.h) de la LCSP deberá apreciarse mediante una declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Teniendo en cuenta la actividad que constituye el objeto del contrato, el licitador deberá presentar los correspondientes certificados emitidos por la autoridad competente que acrediten su tenencia. En todo caso, y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, modificado por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, y su instrucción Técnica complementaria, las instalaciones eléctricas de baja tensión se ejecutarán por empresas instaladoras de baja tensión, habilitados para el ejercicio de la actividad. Para ello, la empresa adjudicataria deberá estar inscrita en el Registro de Empresas Instaladoras y Mantenedoras de Baja Tensión de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía o, comunidad autónoma de origen. Deberá acreditar ser Instalador Autorizado de Baja Tensión, con la categoría Básica y Especialista, carnet de instalador o de empresa instaladora para poder ejercer la actividad, así como la disponibilidad de técnicos competentes en la materia.
Garantías
- Provisional: 0,00 €
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 50232110
- 45311000
- 31527200
- 31520000
- 34991000
- 31522000
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