Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Generalitat ValencianaExpediente: CMAYOR/2024/19Y01/0171Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Redacción de proyecto y dirección facultativa para creación de espacios diáfanos en las plantas del edificio Principal del Complejo Administrativo Campanar 32
Información sobre la licitación Redacción de proyecto y dirección facultativa para creación de espacios diáfanos en las plantas del edificio Principal del Complejo Administrativo Campanar 32 de Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Generalitat Valenciana. Puedes consultar otras licitaciones de Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Generalitat Valenciana, del CPV 71200000 o en Valencia/València.
Organismo contratante
Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Generalitat Valenciana
NIF: S4611001A
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Valencia/València
- Código NUTS
- ES523
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 21.467,53 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 25.975,71 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 29.239,78 €
- Baja
- 26,58 %
- Ofertas recibidas
- 8 (7 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 19.999,99 € – 26.371,05 €
- Fecha de adjudicación
- 18/06/2025
- Formalización del contrato
- 04/07/2025
Documentos
- PCAPPLIEGO ABIERTO SIMPLIFICADO SERVICIOS firmado.pdfAbrir original
- PPTPPT_Pry y DF_diafs 4 alas_firmado.pdfAbrir original
- AnexoANEXO I_firmado.pdfAbrir original
- AnexoAnexo III Declaracion-oferta.docxAbrir original
- AnexoPCAP_Anexo VII.docxAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteVISITA INSTALACIÓNAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteCorrección errores de la Resolución de InicioAbrir original
- ExpedienteInforme sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidadAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 22 meses
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 45
- Esperiencia de los medios en redacción de proyectos(Automático)Ponderación: 20
- experiencia de los medios adscritos en dirección de obra de edificación(Automático)Ponderación: 15
- experiencia de los medios adscritos en dirección de ejecución de instalaciones de obras(Automático)Ponderación: 10
- experiencia de los medios adscritos en dirección de ejecución de obra o coordinador de seguridad(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Las empresas licitadoras acreditarán su solvencia económica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que el volumen anual de negocios, referido al mayor volumen de los últimos tres años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la presentación de las ofertas, es de un importe igual o superior a: 15948,97 euros. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia económica mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 87.3 a) de la LCSP, sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP.
- Las empresas licitadoras acreditarán la solvencia económica o financiera mediante la disposición de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, que cubra la responsabilidad del equipo facultativo designado. Dicha póliza debe cubrir tanto daños a terceros como cualquier otra eventualidad que pudiese surgir durante la vigencia del contrato. La póliza deberá tener vigencia suficiente para cubrir la responsabilidad del equipo hasta el final de la prestación del servicio y, si no la tuviera hasta esa fecha, deberá aportarse el compromiso del asegurado o tomador de su renovación o prórroga de forma que se garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Deberán estar asegurados por las pólizas la empresa licitadora o los miembros del equipo facultativo. Dado que la responsabilidad civil de los miembros del equipo facultativo es solidaria, los importes de las pólizas individuales de sus miembros podrán acumularse para alcanzar el importe mínimo requerido. Si no dispone de un seguro suficiente, bastará con un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido. La acreditación de este requisito se efectuará con el documento DEUC (se ponen a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas). Se requerirá al licitador propuesto como adjudicatario para que acredite documentalmente la solvencia por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, así como la aportación del compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. La suma del importe de la póliza o pólizas será no inferior a 324886.52
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional se acreditará con la presentación de la declaración responsable que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP. Se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia técnica, mediante una relación de los principales trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. A efectos de determinar la correspondencia entre los suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior al 70% de la anualidad media, quedando establecido en: 11164,28 euros.
Requisitos específicos
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 71200000
- 71520000
- 71317200
- 71242000
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