Junta de Gobierno del Ayuntamiento de TomellosoExpediente: OBRA-A-PAS-7-2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Obras de construcción de nueva pista de conductores
Información sobre la licitación Obras de construcción de nueva pista de conductores de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Tomelloso. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Tomelloso, del CPV 45262520 o en Ciudad Real.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Tomelloso
NIF: P1308200C
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Ciudad Real
- Código NUTS
- ES422
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 116.818,18 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 141.350,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 127.649,59 €
- Baja
- 8,49 %
- Ofertas recibidas
- 10 (10 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 116.818,18 € – 127.330,47 €
- Fecha de adjudicación
- 15/04/2025
- Formalización del contrato
- 24/04/2025
Documentos
- PCAPPliego de Clausulas Administrativas Particulares de Pista conductores.pdfAbrir original
- PPTPPT NO PROCEDE.pdfAbrir original
- AnexoProyecto SN PISTA DE CONDUCTORES f.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidadAbrir original
- ExpedienteDecreto de adjudicacionAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa de replanteo previoAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDecreto de requerimientoAbrir original
- ExpedienteCuadro valoraciónAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteContratoAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- MEJORAS(Automático)Ponderación: 60
- PRECIO A LA BAJA(Automático)Ponderación: 40
Solvencia económica y financiera
- Se acreditará en la fase de requerimiento de documentación por uno o varios de los siguientes medios: - Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. - Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del contrato, vigente en el momento de fin de plazo de presentación de las ofertas. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y, al que se acompañará, el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. En todo caso, y en virtud del especial procedimiento llevado a cabo, será obligatoria la acreditación de haber presentado solicitud de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (art. 159.4a LCSP), la cual acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera y técnica o profesional del empresario. Dicha acreditación se producirá mediante la aportación del acuse de recibo del correspondiente registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación.
Solvencia técnica o profesional
- Se acreditará por uno o varios de los medios siguientes: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe (que deberá ser, al menos, igual o mayor al 50% del presupuesto del contrato), las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren anteriormente o a las letras b) a g) del artículo 89 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Códigos CPV
- 45262520
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