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Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de CandelariaExpediente: 55/T/25/SU/GE/N/0037Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de SOMAKIT TOC 40 microgramos, equipo reactivo para preparación radiofarmacéutica, así como del material fungible necesario para su preparación extemporánea con destino el Servicio de Medicina Nuclear del CHUNSC.

Información sobre la licitación Suministro de SOMAKIT TOC 40 microgramos, equipo reactivo para preparación radiofarmacéutica, así como del material fungible necesario para su preparación extemporánea con destino el Servicio de Medicina Nuclear del CHUNSC de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, del CPV 33690000 o en Canarias.

Organismo contratante

Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria

NIF: Q8555011I

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Canarias
Código NUTS
ES70

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
95.040,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
95.040,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
95.040,00 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
95.040,00 €
Fecha de adjudicación
28/03/2025
Formalización del contrato
09/04/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Criterios de adjudicación

  • Mejor precio(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Medios para acreditar la solvencia De conformidad con el artículo 87 de la LCSP, se ha optado por exigir la solvencia económica y financiera a través del volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, que deberá ser al menos un importe igual o superior a CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS EUROS (156.816,00 €), tomando como referencia una vez y media el valor anual medio del contrato. Concreción de los requisitos Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.

Solvencia técnica o profesional

  • Medios para acreditar la solvencia De conformidad con el artículo 89 de la LCSP, se ha optado por exigir la solvencia técnica a través de la relación de los principales suministros de igual o similar naturaleza efectuados en el año de mayor ejecución, considerando la acreditación de este medio y su importe suficiente para la ejecución del contrato de referencia por parte de las empresas licitadoras al procedimiento. Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a SETENTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (73.180,80 €), tomando como referencia el 70% de la anualidad media del contrato. Concreción de los requisitos Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres (3) primeros dígitos del código CPV del contrato.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 33690000

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