Alcaldía del Ayuntamiento de TuiExpediente: 90/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Obras de reforma y acondicionamiento de las piscinas municipales de Tui (Subvención CSD; Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU)
Información sobre la licitación Obras de reforma y acondicionamiento de las piscinas municipales de Tui (Subvención CSD; Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU) de Alcaldía del Ayuntamiento de Tui. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Tui, del CPV 45212212 o en Pontevedra.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Urgente
- Lugar de ejecución
- Pontevedra
- Código NUTS
- ES114
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 286.330,57 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 346.459,99 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 289.247,35 €
- Baja
- 1,01 %
- Ofertas recibidas
- 2 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 286.330,57 € – 289.189,50 €
- Fecha de adjudicación
- 31/03/2025
- Formalización del contrato
- 01/04/2025
Documentos
- PCAPPCAP piscinas.pdfAbrir original
- PPTPROYECTO REFORMA PISCINAS TUI xullo23.pdfAbrir original
- AnexoPlantillas Anexos.docxAbrir original
- Anexobc3.zipAbrir original
- AnexoREPARTO PRESUPUESTOc.pdfAbrir original
- Anexoanexo PROXECTO Plan mantenimientof.pdfAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 8 meses
Criterios de adjudicación
- Prezo máis baixo(Automático)Ponderación: 40
- Ejecución de puesta en marcha y formación.(Automático)Ponderación: 20
- Incremento del porcentaje del PEM para control de calidad(Automático)Ponderación: 20
- Incremento do prazo de garantía(Automático)Ponderación: 15
- Documentación multimedia de la obra(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera del empresario (art. 87.1 a) de la LCSP) se acreditará de la siguiente forma: a) Mediante declaración sobre el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Se establece como requisito mínimo de solvencia en este apartado, que el año de mayor volumen de negocios en el citado periodo deberá ser al menos el equivalente al doble del valor estimado del contrato. En todo caso deberá aportarse documentación justificativa o acreditativa del volumen o cifra de negocios declarado, mediante las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda, o mediante los libros de contabilidad y cuentas anuales debidamente legalizados por el Registro Mercantil en el caso de los empresarios individuales no inscritos en dicho Registro.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional del empresario (art. 88.1 a) de la LCSP), se acreditará de la siguiente forma: Mediante relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se deberá acreditar como requisito mínimo de solvencia técnica que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución del periodo citado de 5 años, en trabajos del grupo o subgrupo al que corresponda el contrato, sea igual o superior al 100% del valor estimado del contrato o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. - De conformidad con el art. 86.1 de la LCSP, cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el poder adjudicador, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Códigos CPV
- 45212212
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