Alcaldía del Ayuntamiento de CalviáExpediente: 2024095Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Suministro, instalación y puesta en funcionamiento sistema video vigilancia edificio consistorial (NSP)
Información sobre la licitación Suministro, instalación y puesta en funcionamiento sistema video vigilancia edificio consistorial (NSP) de Alcaldía del Ayuntamiento de Calviá. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Calviá, del CPV 32235000 o en Illes Balears.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Negociado sin publicidad
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Illes Balears
- Código NUTS
- ES53
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 34.900,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 42.229,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 45.909,28 €
- Baja
- 23,98 %
- Ofertas recibidas
- 3 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 30.190,00 € – 36.300,00 €
- Fecha de adjudicación
- 07/02/2025
- Formalización del contrato
- 28/02/2025
Documentos
- PCAPPCAP camaras videovigilancia edificio consistorial.pdfAbrir original
- PPTPPT x.pdfAbrir original
- AnexoDEUC 2024095.pdfAbrir original
- AnexoDEUC 2024095.xmlAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteNOTA INFORMATIVA VISITAAbrir original
- ExpedienteNOTA INFORMATIVA RECTIFICATIVA VISITAAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 meses
No se admite prórroga.
Criterios de adjudicación
- 1.- Oferta Económica(Automático)Ponderación: 60
- 2.1.- Propuesta Técnica(Juicio de valor)Ponderación: 30
- 2.2.- Ampliación del plazo de garantía(Automático)Ponderación: 5
- 2.3.- Aspecto medioambiental(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera se acreditará mediante los apartados a) ó b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por un importe de 83.325,35 €. Ó b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por un importe de 150.000 €.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante los apartados a) del artículo 89.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Art. 90.4 Para las empresas de nueva creación: A tenor de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 90 LCSP, en los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) de este precepto, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 32235000
- 35125000
- 35120000
- 35125300
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