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Alcaldía del Ayuntamiento de AlcaudeteExpediente: 3842/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de Consultoría y Asistencia Técnica para la realización del Inventario Municipal de Bienes y Derechos del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete.

Información sobre la licitación Servicio de Consultoría y Asistencia Técnica para la realización del Inventario Municipal de Bienes y Derechos del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete de Alcaldía del Ayuntamiento de Alcaudete. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Alcaudete, del CPV 72322000 o en Jaén.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Alcaudete

NIF: P2300300G

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Jaén
Código NUTS
ES616

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
14.800,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
17.908,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
19.000,00 €
Baja
22,11 %
Ofertas recibidas
5 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
14.800,00 € – 15.400,00 €
Fecha de adjudicación
24/06/2025
Formalización del contrato
23/07/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 4 años

Criterios de adjudicación

  • OFERTA ECONÓMICA (MENOR PRECIO)(Automático)Ponderación: 80
  • AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA/MANTENIMIENTO/ACTUALIZACIÓN DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA(Automático)Ponderación: 15
  • ACCIONES PLAN DE IGUALDAD(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el medio siguiente: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual al exigido en el anuncio de licitación y presente pliego. El volumen de negocios exigido es referido al valor estimado del contrato. Excepcionalmente de conformidad con el artículo 74.2 de la LCSP, a valoración del órgano de contratación se podrá acreditar la solvencia económica y financiera, con justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual al exigido en el anuncio de licitación y en presente pliego.
  • La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos, de entre los siguientes: certificación bancaria, póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales, cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente al órgano de contratación, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la LCSP.

Solvencia técnica o profesional

  • CONFORME A LO DISPUESTO A TAL EFECTO EN LA CLÁUSULA OCTVA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a e) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de trabajos de inventario.
  • CONFORME A LO DISPUESTO A TAL EFECTO EN LA CLÁUSULA OCTVA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a e) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de trabajos de inventario.
  • CONFORME A LO DISPUESTO A TAL EFECTO EN LA CLÁUSULA OCTAVA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a e) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de trabajos de inventario.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 72322000
  • 71356200

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