Alcaldía del Ayuntamiento de AlcaudeteExpediente: 3842/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de Consultoría y Asistencia Técnica para la realización del Inventario Municipal de Bienes y Derechos del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete.
Información sobre la licitación Servicio de Consultoría y Asistencia Técnica para la realización del Inventario Municipal de Bienes y Derechos del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete de Alcaldía del Ayuntamiento de Alcaudete. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Alcaudete, del CPV 72322000 o en Jaén.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Jaén
- Código NUTS
- ES616
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 14.800,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 17.908,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 19.000,00 €
- Baja
- 22,11 %
- Ofertas recibidas
- 5 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 14.800,00 € – 15.400,00 €
- Fecha de adjudicación
- 24/06/2025
- Formalización del contrato
- 23/07/2025
Documentos
- PCAP11 PCAP - inventario mpal 17022025.pdfAbrir original
- PPT00 PPT - inventario mpal 17022025.pdfAbrir original
- AnexoINFORMEDEINSUFICIENCIADEMEDIOS_csv_7120273332049267.pdfAbrir original
- AnexoMEMORIAJUSTIFICATIVA_csv_1580291612251422.pdfAbrir original
- AnexoINFORMENODIVISIONENLOTES_csv_024477809499024006.pdfAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteRESUMEN DE BIENES EN INVENTARIOAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 4 años
Criterios de adjudicación
- OFERTA ECONÓMICA (MENOR PRECIO)(Automático)Ponderación: 80
- AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA/MANTENIMIENTO/ACTUALIZACIÓN DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA(Automático)Ponderación: 15
- ACCIONES PLAN DE IGUALDAD(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el medio siguiente: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual al exigido en el anuncio de licitación y presente pliego. El volumen de negocios exigido es referido al valor estimado del contrato. Excepcionalmente de conformidad con el artículo 74.2 de la LCSP, a valoración del órgano de contratación se podrá acreditar la solvencia económica y financiera, con justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual al exigido en el anuncio de licitación y en presente pliego.
- La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos, de entre los siguientes: certificación bancaria, póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales, cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente al órgano de contratación, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la LCSP.
Solvencia técnica o profesional
- CONFORME A LO DISPUESTO A TAL EFECTO EN LA CLÁUSULA OCTVA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a e) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de trabajos de inventario.
- CONFORME A LO DISPUESTO A TAL EFECTO EN LA CLÁUSULA OCTVA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a e) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de trabajos de inventario.
- CONFORME A LO DISPUESTO A TAL EFECTO EN LA CLÁUSULA OCTAVA DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a e) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de trabajos de inventario.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 72322000
- 71356200
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