Saltar al contenido

Pleno del Ayuntamiento de IznallozExpediente: 940/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

El presente Pliego tiene por objeto la contratación mediante concesión de la gestión del Servicio Público de la Escuela Infantil “El Almendro Mágico” con arreglo a las condiciones contenidas en los Pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas

Información sobre la licitación El presente Pliego tiene por objeto la contratación mediante concesión de la gestión del Servicio Público de la Escuela Infantil “El Almendro Mágico” con arreglo a las condiciones contenidas en los Pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas de Pleno del Ayuntamiento de Iznalloz. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Iznalloz, del CPV 80110000 o en Granada.

Organismo contratante

Pleno del Ayuntamiento de Iznalloz

NIF: P1810700C

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Concesión de servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Granada
Código NUTS
ES614

Adjudicación

Formalizado

MoadiproB75952549
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
2400,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
2400,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
0,00 €
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
23/04/2025
Formalización del contrato
20/05/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 4 años

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 60
  • Proyecto de gestión organizativa(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • Propuesta pedagógica(Juicio de valor)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • 2. Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior al valor estimado anual del contrato de conformidad con el art. 87.3 de la LCSP, aportando además el compromiso de su renovación o prorroga durante toda la ejecución del contrato. Los criterios de solvencia económica y financiera establecidos anteriormente no resultan de aplicación a las empresas inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de cualquier Comunidad Autónoma, así como a las que acrediten estar en posesión del Certificado Comunitario de Clasificación; todo ello en las condiciones señaladas en los artículos 96 y 97 de la LCSP.
  • 3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por cualquiera de los medios siguientes: 1. Se acreditará por medio del Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito o sector objeto del contrato, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles deberá ser al menos una vez y media el valor estimado anual del contrato (993.089,05 euros). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Los criterios de solvencia económica y financiera establecidos anteriormente no resultan de aplicación a las empresas inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de cualquier Comunidad Autónoma, así como a las que acrediten estar en posesión del Certificado Comunitario de Clasificación; todo ello en las condiciones señaladas en los artículos 96 y 97 de la LCSP.

Solvencia técnica o profesional

  • 3.2.- La solvencia técnica se acreditará, por medio de una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar al objeto del presente contrato, realizados en los últimos 3 años, en que se indiquen el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, dentro del propio sector. Para tener acreditada la solvencia técnica y profesional, los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos: -Deberán aportarse al menos tres servicios en los últimos tres años, de los cuales: 1.- Al menos uno deberá ser igual o superior al valor estimado anual del contrato. 2.- Los dos restantes deberán ser iguales o superiores al 70 % del valor estimado anual del contrato. -Los servicios deberán acreditarse mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder de este que acrediten la realización de la prestación. -Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras e) y h) del artículo 90 de la LCSP, siendo obligatorio la presentación de ambos para acreditar dicha solvencia, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. “Artículo 90 LCSP: e) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.”

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 80110000

Cargando datos del organismo…

Cargando licitaciones relacionadas…

Cargando adjudicaciones similares…

Usamos cookies técnicas para la sesión y guardamos su elección durante 180 días. El pago puede usar cookies del proveedor. Consulta la política de cookies y la política de privacidad.

El presente Pliego tiene por objeto la contratación mediante concesión de la gestión de... | Contratica