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Dirección de la Fundación Residencia de EstudiantesExpediente: AS001-2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicios auxiliares de control en la Fundación Residencia de Estudiantes

Información sobre la licitación Servicios auxiliares de control en la Fundación Residencia de Estudiantes de Dirección de la Fundación Residencia de Estudiantes. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección de la Fundación Residencia de Estudiantes, del CPV 98341120 o en Madrid.

Organismo contratante

Dirección de la Fundación Residencia de Estudiantes

NIF: G79348793

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
75.675,01 €
Importe adjudicado (con IVA)
91.566,76 €
Presupuesto base (sin IVA)
112.877,37 €
Baja
32,96 %
Ofertas recibidas
13 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
7.567.501,00 € – 11.180.000,00 €
Fecha de adjudicación
11/03/2026
Formalización del contrato
09/04/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

La prórroga se acordará por la Fundación y será obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.

Prórroga por un periodo máximo de 12 meses, siendo, por tanto, la duración máxima del contrato 24 meses, incluidas la posible prórroga.

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 97
  • Formación(Automático)Ponderación: 3

Solvencia económica y financiera

  • El volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser, al menos, de una vez y media el valor estimado del contrato. El licitador que resulte propuesto para la adjudicación acraditará el volumen anual de negocios mediante la presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el licitador está inscrito en dicho Registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el Registro Oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, la solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad y declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por la Fundación.
  • Cuando el licitador no sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos de acuerdo con el modelo que se adjunta como ANEXO IV con el PCAP. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Cuando así le sea requerido por la Fundación el licitador propuesto para la adjudicación deberá acreditar los servicios o trabajos efectuados mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se podrá acudir además de a los tres primeros dígitos del CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).

Requisitos específicos

  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 98341120
  • 98341140
  • 98341130

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