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Presidencia del Consorcio para el Desarrollo de la Vega BajaExpediente: 10/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contratación de un gabinete de prensa, comunicación y relaciones con los medios, que asuma la comunicación institucional del Consorcio, los trabajos de redacción de noticias, notas, realización de videos, megafonía, realización de fotos y compra de alcance en redes sociales, entre otros.

Información sobre la licitación Contratación de un gabinete de prensa, comunicación y relaciones con los medios, que asuma la comunicación institucional del Consorcio, los trabajos de redacción de noticias, notas, realización de videos, megafonía, realización de fotos y compra de alcance en redes sociales, entre otros de Presidencia del Consorcio para el Desarrollo de la Vega Baja. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia del Consorcio para el Desarrollo de la Vega Baja, del CPV 92312211 o en Alicante/Alacant.

Organismo contratante

Presidencia del Consorcio para el Desarrollo de la Vega Baja

NIF: P5300007A

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Alicante/Alacant
Código NUTS
ES521

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
29.600,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
35.816,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
30.000,00 €
Baja
1,33 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
26.360,00 € – 29.600,00 €
Fecha de adjudicación
14/03/2025
Formalización del contrato
17/03/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

El contrato tendrá una duración de DOS (2) años a contar desde el día 25 de febrero de 2025 o desde su formalización si esta se produce después de la fecha referida. Se prevén 2 prórrogas más, por un periodo de un (1) año cada una.

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 40
  • Memoria técnica(Juicio de valor)Ponderación: 25
  • Mayor experiencia del profesional adscrito a la ejecución del contrato.(Automático)Ponderación: 20
  • Mayor oferta de jornadas presenciales/día(Automático)Ponderación: 15

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año (artículo 87.3, a) párrafo primero, de la Ley de Contratos del Sector Público). Alternativamente, si el objeto del contrato consiste en servicios profesionales, en lugar del volumen anual de negocio, la solvencia económica y financiera se podrá acreditar mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato (artículo 87.3, b) párrafo primero, de la LCSP.

Solvencia técnica o profesional

  • Servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Para determinar si un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de clasificación de actividades y productos CPV, según el Vocabulario común de contratos públicos aprobado por Reglamento (CE) 2195/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002. De no ser el contrato sujeto a regulación armonizada, para las empresas de nueva creación, entendiendo por tales aquéllas que tengan una antigüedad inferior a cinco años, a las que no resulta de aplicación en ningún caso lo establecido en el artículo 90.1, letra a), de la Ley de Contratos del Sector Público, relativo a la ejecución de un determinado número de servicios, se establece el siguiente requisito mínimo de solvencia técnica o profesional: “Medidas apropiadas empleadas por el empresario para garantizar la calidad (artículo 90.1, apartado letra c), de la Ley de Contratos del Sector Público)”.
  • Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, compromiso que quedará integrado en el contrato y cuyo cumplimiento por parte del contratista tendrá el carácter de obligación esencial a los efectos determinados en el artículo 211 de la citada Ley. en concreto, adscribir a este contrato una persona con titulación en diseño gráfico o similar que cuente con una experiencia profesional mínima de al menos tres años, en el desarrollo de actuaciones de promoción territorial.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 92312211
  • 92400000
  • 79416200

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