Pleno del Ayuntamiento de CartayaExpediente: 3404/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de limpieza viaria y de playas del término municipal de Cartaya, Expediente S-27/2024.
Información sobre la licitación Servicio de limpieza viaria y de playas del término municipal de Cartaya, Expediente S-27/2024 de Pleno del Ayuntamiento de Cartaya. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Cartaya, del CPV 90000000 o en Huelva.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Huelva
- Código NUTS
- ES615
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 6.940.322,54 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 7.634.354,79 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 7.931.373,05 €
- Baja
- 12,5 %
- Ofertas recibidas
- 2 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 6.940.322,54 € – 7.679.155,39 €
- Fecha de adjudicación
- 25/04/2025
- Formalización del contrato
- 26/05/2025
Documentos
- PCAP20250122_Pliego_Clausulas_Administrativas_Particulares_Exp_S_27_2024.pdfAbrir original
- PPT20250122_Pliego_Clausulas_PPTP_Limpieza_Viaria_y_Playas.pdfAbrir original
- Anexo20250121_02_POLIGONOS_INDUSTRIALES.pdfAbrir original
- Anexo20250121_03_ROMPIDO.pdfAbrir original
- Anexo20250121_04_NUEVO_PORTIL.pdfAbrir original
- Anexo20250121_01_CARTAYA.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de CostesAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 5 años
Criterios de adjudicación
- Precio ofertado(Automático)Ponderación: 42
- Mejora consistente en el suministro de vehículos tipo pick up para la prestación del servicio(Automático)Ponderación: 20
- Mejora consistente en el suministro de una Retroexcavadora con una antigüedad máxima de 3 año(Automático)Ponderación: 15
- Proyecto de Gestión(Juicio de valor)Ponderación: 15
- Suministro de papeleras(Automático)Ponderación: 8
Solvencia económica y financiera
- 10.2.1 Solvencia económica y financiera y Solvencia técnica o profesional: De conformidad con lo dispuesto en el art. 77.1.b) de la LCSP, el empresario podrá acreditar su solvencia, indistintamente, mediante su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría correspondientes al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el presente Pliego. Opción A. Acreditación de la solvencia mediante clasificación empresarial. De conformidad con lo establecido en los artículos 37 y 38 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), el empresario podrá aportar la siguiente clasificación: Grupo U). Subgrupo 1. Servicios de limpieza. Categoría 4 (si su cuantía es superior a 840.000 euros e inferior o igual a 2.400.000 euros). La clasificación de las UTE se determinará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del RGLCAP. Opción B. Acreditación de la solvencia mediante el cumplimiento de requisitos específicos. B.1. Solvencia económica y financiera (artículo 87 de la LCSP). Las empresas deberán acreditar su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, o bien el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos concluidos o disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 2.379.411,92 €, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la LCSP y en sus disposiciones de desarrollo.
Solvencia técnica o profesional
- Requisito adicional de solvencia: adscripción de medios. Además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, los candidatos o licitadores deberán comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, integrándose el citado compromiso en el contrato al que se atribuirá el carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 211 de la LCSP. A estos efectos los licitadores deberá incluir en el Sobre A un compromiso de adscripción de medios personales y materiales a la ejecución del contrato según Modelo del Anexo IV del PCAP.
- 10.2.1 Solvencia económica y financiera y Solvencia técnica o profesional: De conformidad con lo dispuesto en el art. 77.1.b) de la LCSP, el empresario podrá acreditar su solvencia, indistintamente, mediante su clasificación en el grupo, subgrupo y categoría correspondientes al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el presente Pliego. Opción A. Acreditación de la solvencia mediante clasificación empresarial. De conformidad con lo establecido en los artículos 37 y 38 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), el empresario podrá aportar la siguiente clasificación: Grupo U). Subgrupo 1. Servicios de limpieza. Categoría 4 (si su cuantía es superior a 840.000 euros e inferior o igual a 2.400.000 euros). B.2. Solvencia técnica o profesional (artículo 90 de la LCSP) Las empresas deberán acreditar su solvencia técnica o profesional por su experiencia en la realización de trabajos o suministros del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos o suministros efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución, y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
Garantías
- Provisional: 3 %
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 90000000
- 90610000
- 90690000
- 90612000
- 90911200
- 90600000
- 90611000
- 90680000
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