Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE)Expediente: 075/25Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Adquisición, renovación y mantenimiento de software A3INNUVA
Información sobre la licitación Adquisición, renovación y mantenimiento de software A3INNUVA de Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE). Puedes consultar otras licitaciones de Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE), del CPV 72000000 o en León.
Organismo contratante
Dirección General del Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.A. (INCIBE)
NIF: A24530735
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- León
- Código NUTS
- ES413
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 65.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 78.340,25 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 68.138,00 €
- Baja
- 4,61 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 65.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 5 años
No se permite la prórroga del contrato
Criterios de adjudicación
- Precio ofertado(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- Deberá presentarse documentación que acredite un patrimonio neto igual o superior a la mitad del capital social. A continuación, se describen los criterios a aplicar: Se analizarán las siguientes ratios para todas las sociedades de capital: El patrimonio neto tiene que ser igual o superior a la mitad del capital social, en prueba de los cual podrán aportarse cuentas anuales o extractos de las mismas. En todo caso, los licitadores que en virtud de disposiciones vigentes vengan obligados a dar publicidad a sus cuentas anuales, deberán presentar las cuentas depositadas en el Registro Mercantil. Este requisito se basa en el artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital: “La sociedad de capital deberá disolverse: Por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso.”
Solvencia técnica o profesional
- Declaración sobre la experiencia de la empresa (Anexo VIII). El licitador incluirá una relación de los principales servicios realizados similares a los del objeto de este contrato en los cinco últimos años. El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato.
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
Códigos CPV
- 72000000
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