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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1431231XComprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de prestación de servicio de retirada, transporte y gestión de residuos, peligrosos y no peligrosos, generados en diversos puntos del Municipio de Albacete por asentamientos irregulares. Exp. 44-2025

Información sobre la licitación Contrato de prestación de servicio de retirada, transporte y gestión de residuos, peligrosos y no peligrosos, generados en diversos puntos del Municipio de Albacete por asentamientos irregulares. Exp. 44-2025 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 90500000 o en Albacete.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete

NIF: P0200300B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Albacete
Código NUTS
ES421

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
123.204,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
149.076,84 €
Presupuesto base (sin IVA)
123.204,00 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
3 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
123,20 € – 238,50 €
Fecha de adjudicación
18/06/2026
Formalización del contrato
16/07/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Cuando al vencimiento del contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y, en todo caso, por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario.

El contrato podrá prorrogarse por DOS anualidades más.

Criterios de adjudicación

  • PRIMER CRITERIO. CRITERIO ECONÓMICO. PRECIO. Ponderación 85 puntos(Automático)Ponderación: 85
  • SEGUNDO CRITERIO: CRITERIO CUALITATIVO. REDUCCIÓN DEL TIEMPO DE RESPUESTA ESTABLECIDO EN EL PPT: Ponderación 15 Puntos.(Automático)Ponderación: 15

Solvencia económica y financiera

  • 7.1.- ECONÓMICA Y FINANCIERA: A) Criterio: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato: Valor anual medio: 67.762,20 € Y Cuantía mínima solvencia (1,5): 101.643,30 € C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio y, siendo la cuantía proporcional –la misma—que el valor anual estimado del contrato. PAGINAS 54 Y 55 PCAP

Solvencia técnica o profesional

  • 1º CRITERIO: EXPERIENCIA. A) Criterio: EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS O TRABAJOS de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, de los tres últimos años, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, en este caso: Valor anual medio: 67.762,20 € Y Cuantía mínima solvencia (70%): 47.433,54 € C) Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato realizados en el curso de los tres últimos años en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos que se acreditarán mediante certificados expedidos a tal efecto. . Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 90, apartado 2º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, la experiencia (relación de los principales servicios) por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio. PAGINA 55 PCAP

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 90500000
  • 90513000

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