Presidencia de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de TenerifeExpediente: C2024-00066Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Obra de desmontaje de grúa portainer en la antigua Terminal La Candelaria en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife.
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Organismo contratante
Presidencia de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife
NIF: Q3867002B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Canarias
- Código NUTS
- ES70
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 256.121,30 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 274.049,79 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 261.401,60 €
- Baja
- 2,02 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 €
- Fecha de adjudicación
- 11/06/2025
- Formalización del contrato
- 20/06/2025
Documentos
- PCAPpliego_de_condiciones_administrativas_abiertos_20241219102814.pdfAbrir original
- PPTrev03_proyecto_desmantelamiento_grua_portuaria_sgs_20241210080340.pdfAbrir original
- Anexoaprobacion_tecnica_provisional_20241209150529.pdfAbrir original
- Anexoacta_replanteo_previo_20241209150550.pdfAbrir original
- Anexoacuerdo_de_contratacion__presidente__20241227095716.pdfAbrir original
- Anexocertificado_de_existencia_de_credito_20241205143456.pdfAbrir original
- Anexoenlace_cumplimentac_deuc_20241230103428.pdfAbrir original
- Anexoacta_disponibilidad_de_terrenos_20241209150158.pdfAbrir original
- Anexomemoria_justificativa_desmontaje_de_la_grua_20241205140140.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
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- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInforme GlobalAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 mes
Contrato no sujeto a prórrogas
Criterios de adjudicación
- Criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas(Automático)Ponderación: 80
- Criterios no cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas(Juicio de valor)Ponderación: 20
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios por importe igual o superior a 250.000,00 euros (250000€) Referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Se acreditará mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil lo acreditarán mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cino últimos correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponda el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Los certificados de buena ejecución de las obras incluidas en la relación cuyo destinatario fuese una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de las obras. El empresario deberá acreditar como ejecutado un importe anual de null euros en el año de mayor ejecución del periodo de diez años antes indicado, en trabajos del grupo o subgrupo al que corresponde el contrato. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquélla en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquél en el capital social de ésta.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 45111100
- 45000000
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