Alcaldia del Ayuntamiento de Alcalá de los GazulesExpediente: 1750/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio integral D.D.D. (Desinfección- Desinsectación- Desrodentización) para el control vectorial de plagas en el término municipal de Alcalá de los Gazules.
Información sobre la licitación Servicio integral D.D.D. (Desinfección- Desinsectación- Desrodentización) para el control vectorial de plagas en el término municipal de Alcalá de los Gazules de Alcaldia del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules, del CPV 90922000 o en Cádiz.
Organismo contratante
Alcaldia del Ayuntamiento de Alcalá de los Gazules
NIF: P1100100E
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Cádiz
- Código NUTS
- ES612
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 22.500,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 27.225,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 32.000,00 €
- Baja
- 29,69 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 27.225,00 € – 29.712,00 €
- Fecha de adjudicación
- 27/06/2025
- Formalización del contrato
- 01/07/2025
Documentos
- PCAP11__Pliego de Clausulas Administrativas Particulares para Contrato de Servicios__.pdfAbrir original
- PPT9__1__Pliego de prescripciones tecnicas Servicio de control de plagas__.pdfAbrir original
- Anexo9__2__Anexo PPT__ Ambito de actuacion__.pdfAbrir original
- ExpedienteDecreto de clasificación de ofertas.Abrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 4 años
Criterios de adjudicación
- Oferta económica.(Automático)Ponderación: 60
- Cumplimiento normativa adicional: ISO 9001, ISO 14001, ISO 45001, Reglamento Emas y Certificado CEPA (norma 16636 de plagas)(Automático)Ponderación: 7.5
- Elaboración del programa de actuación conforme a los puntos exigidos en este Pliego(Automático)Ponderación: 5
- Mejora en 1 del número mínimo de personal técnico de 6 responsables de aplicación(Automático)Ponderación: 5
- Elaboración del diagnóstico de situación conforme a los puntos exigidos en este Pliego(Automático)Ponderación: 5
- Descripción de actuaciones de control directo sobre la plaga conforme a los puntos exigidos en este Pliego(Automático)Ponderación: 5
- Protocolo escrito de la inspección de centros y dependencias(Automático)Ponderación: 5
- Descripción de los sistemas de evaluación(Automático)Ponderación: 5
- Técnicos: mejora en 1 del número mínimo de personal técnico de 1 responsable técnico con la calificación de Biólogo(Automático)Ponderación: 2.5
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros. El órgano de contratación indicará las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. No obstante, el órgano de contratación podrá establecer el volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo.
- En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
- Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. La ratio entre activo y pasivo podrá tenerse en cuenta si el poder adjudicador especifica en los pliegos de la contratación los métodos y criterios que se utilizarán para valorar este dato. Estos métodos y criterios deberán ser transparentes, objetivos y no discriminatorios.
Solvencia técnica o profesional
- Indicación de los sistemas de gestión de la cadena de suministro, incluidos los que garanticen el cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, y de seguimiento que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
- Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
- Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.
- Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los suministros pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado podrá efectuar recomendaciones para indicar qué códigos de las respectivas clasificaciones se ajustan con mayor precisión a las prestaciones más habituales en la contratación pública.
- Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad.
- Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
- Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 90922000
- 90900000
- 90924000
- 90923000
- 90921000
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