Alcaldía del Ayuntamiento de CartayaExpediente: 9920/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio Audiovisual de Cobertura Informativa y Publicidad Institucional y Promocional del Excmo. Ayuntamiento de Cartaya, Expediente S-65/2024.
Información sobre la licitación Servicio Audiovisual de Cobertura Informativa y Publicidad Institucional y Promocional del Excmo. Ayuntamiento de Cartaya, Expediente S-65/2024 de Alcaldía del Ayuntamiento de Cartaya. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Cartaya, del CPV 64228100 o en Huelva.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Huelva
- Código NUTS
- ES615
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 72.109,10 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 87.252,01 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 72.109,10 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 72.109,10 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAP20241202_Pliego_Clausulas_Administrativas_Exp_S_65_2024.pdfAbrir original
- PPT20241128_Pliego_Prescripciones_Tecnicas_S_65_2024.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Dos (2) prórrogas con una duración de un (1) año cada una.
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 40
- Memoria Técnica(Juicio de valor)Ponderación: 20
- Incremento del número de Campañas de Publicidad Institucional(Automático)Ponderación: 10
- Incremento del número de programas especiales(Automático)Ponderación: 10
- Incremento del número de vídeos promocionales(Automático)Ponderación: 10
- Incremento del número de vídeos de promoción turística(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Las empresas deberán acreditar su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, o bien el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 54.081,83 € (art. 87.1.a) de la LCSP). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de la Certificación o asiento de presentación original del Registro Mercantil de depósito y contenido completo de sus cuentas anuales, si el empresario estuviera inscrito en este Registro, y en caso contrario mediante la Certificación o asiento de presentación de las cuentas anuales depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, debiendo ir acompañadas en ambos casos de las cuentas presentadas. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante Certificación Registral o asiento de presentación de sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Las empresas acreditarán su solvencia técnica o profesional mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres (3) últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos (art. 90.1. a) de la LCSP). Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los certificados aportados por los licitadores acreditativos de la realización de servicios de igual o similar naturaleza a los propios de este contrato deberán alcanzar un importe anual acumulado igual o superior a 25.238,19 €, en el año de mayor ejecución de los tres (3) últimos ejercicios concluidos (70 % de la anualidad media del contrato). Conforme a lo previsto en el artículo 90.4 de la LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90.1 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 64228100
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