Junta de Gobierno del Ayuntamiento de la Leal Villa de El EscorialExpediente: 11306/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de mantenimiento, soporte, evolución de GADE DIGITAL y de sus módulos asociados.
Información sobre la licitación Servicio de mantenimiento, soporte, evolución de GADE DIGITAL y de sus módulos asociados de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de la Leal Villa de El Escorial. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de la Leal Villa de El Escorial, del CPV 72267100 o en Madrid.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de la Leal Villa de El Escorial
NIF: P2805400E
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Negociado sin publicidad
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 19.414,96 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 23.492,10 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 19.414,96 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 04/02/2026
- Formalización del contrato
- 10/02/2026
Documentos
- PCAPPliego de Clausulas Administrativas Particulares.pdfAbrir original
- PPTPliego de Prescripciones Tecnicas.pdfAbrir original
- AnexoAnexo III.docAbrir original
- AnexoDeuc 11306_2025.xmlAbrir original
- AnexoMemoria Justificativa.pdfAbrir original
- AnexoCuadro de Caracteristicas Particulares.pdfAbrir original
- AnexoAnexo IV.docAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo propuesta adjudicacionAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 48 meses
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 40
- Reducción del tiempo de respuesta ante una necesidad(Automático)Ponderación: 30
- Disponibilidad de espacio necesario en el Hosting(Automático)Ponderación: 30
Solvencia económica y financiera
- Conforme al artículo 87 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) el criterio de solvencia que se exige para la presente licitación es el siguiente: Medio de acreditación: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario de presentación de las ofertas por importe igual o superior según al exigido en el anuncio de licitación o al establecido reglamentariamente. Se acreditará mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil lo acreditarán mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Requisito mínimo DE SOLVENCIA: Volumen anual de negocios referidos al año de mayor volumen de los tres últimos disponibles que deberá ser 14.000€. Para el presente contrato se ha considerado adecuada la elección de este criterio de solvencia económica-financiera, relativa al volumen anual de negocios, dentro de los 3 últimos años, al considerar que el umbral establecido permite garantizar la ejecución optima del servicio.
Solvencia técnica o profesional
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Requisito mínimo DE SOLVENCIA: Importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, 14.000,00 €. En cuanto a la elección del criterio de solvencia técnica-profesional, es decir, la exigencia de haber realizado, en el plazo de los 3 últimos años, suministros y trabajos de similar naturaleza, avalados por certificados de buena ejecución, por los importes propuestos, se pretende obtener la información precisa que corrobore la buena ejecución.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 72267100
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