Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe Expediente: 397/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato administrativo especial para la realización, coordinación, diseño y gestión de un mercado medieval en los espacios delimitados en las calles y espacios públicos de la ciudad de Santa Fe durante las Capitulaciones 2026.
Información sobre la licitación Contrato administrativo especial para la realización, coordinación, diseño y gestión de un mercado medieval en los espacios delimitados en las calles y espacios públicos de la ciudad de Santa Fe durante las Capitulaciones 2026 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe, del CPV 79952100 o en Granada.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Fe
NIF: P1817800D
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Administrativo especial
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Granada
- Código NUTS
- ES614
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 3696,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 4472,16 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 4200,00 €
- Baja
- 12 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 3100,00 € – 3696,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPliego Prescripciones Tecnicas.pdfAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteRequerimiento documentaciónAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Este contrato podrá ser prorrogado anualmente por un periodo máximo de TRES (3) AÑOS siempre que sus características permanezcan inalterables durante el período de duración de estas, de forma que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas no podrá superar los CUATRO (4) AÑOS. En todo caso, las prórrogas precisarán del acuerdo de ambas partes y de la aprobación expresa del órgano de contratación. En el acuerdo y en la resolución de aprobación que se dicte se indicarán los días que correspondan a la celebración del mercado medieval en el respectivo año de prórroga; fechas que serán muy similares en plazo y cronología.
Criterios de adjudicación
- Memoria Técnica(Juicio de valor)Ponderación: 49
- Precio(Automático)Ponderación: 15
- Ofrecer 2 atracciones infantiles(Automático)Ponderación: 8
- 4 Paneles informativos.(Automático)Ponderación: 7
- Promoción del Mercado en las principales redes sociales(Automático)Ponderación: 7
- Instalación de granja animal(Automático)Ponderación: 7
- Montar hilo musical ambiental(Automático)Ponderación: 7
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen mínimo anual exigido, referido al mejor ejercicio dentro del periodo citado, será de un importe igual o superior a 4.200,00 €, estimándose proporcional y suficiente para po-der acometer las prestaciones, lo que permite la participación de las pequeñas y media-nas empresas. Ver cláusula 12.2.1 del PCAP
Solvencia técnica o profesional
- El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años, de igual o similar naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, es decir el diseño y realización de mercados temáticos.
- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, en cumplimiento del artículo 90.4 de la LCSP, su solvencia técnica y profesional también se podrá acreditar mediante los siguientes medios: Deberán aportar el siguiente certificado expedido por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la eficacia del sistema de gestión de la calidad de la empresa para satisfacer los requisitos de sus clientes: Ø ISO 9.001:2015 (Sistema de gestión de calidad) Se pretende que las empresas de nueva creación que liciten tengan acreditado un sistema de gestión de la calidad para afrontar la ejecución del presente contrato dada su complejidad y envergadura. En cualquier caso, estas empresas deberán acreditar el carácter de empresas de nueva creación con su escritura pública de constitución, debidamente inscrito en el registro mercantil que corresponda, o declaración censal oficial de comienzo de actividad.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79952100
- 79956000
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