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Alcaldia del Ayuntamiento de La CarolinaExpediente: 5484/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de materiales para el Proyecto de sustitución de la red de saneamiento y acerado de la Calle Prim de La Carolina (Jaén) PFEA 2025

Información sobre la licitación Suministro de materiales para el Proyecto de sustitución de la red de saneamiento y acerado de la Calle Prim de La Carolina (Jaén) PFEA 2025 de Alcaldia del Ayuntamiento de La Carolina. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de La Carolina, del CPV 44111000 o en Jaén.

Organismo contratante

Alcaldia del Ayuntamiento de La Carolina

NIF: P2302400C

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Jaén
Código NUTS
ES616

Adjudicación

Lote 1 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
32.844,30 €
Importe adjudicado (con IVA)
39.741,60 €
Presupuesto base (sin IVA)
41.338,60 €
Baja
20,55 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
10/03/2026
Formalización del contrato
01/04/2026

Lote 2 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
10.330,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
12.499,30 €
Presupuesto base (sin IVA)
10.810,00 €
Baja
4,44 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
10/03/2026
Formalización del contrato
01/04/2026

Lote 3 · Desierto

Presupuesto base (sin IVA)
6430,00 €
Ofertas recibidas
0 (0 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
10/03/2026

Lote 4 · Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
2027,35 €
Importe adjudicado (con IVA)
2027,35 €
Presupuesto base (sin IVA)
3517,00 €
Baja
42,36 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
19/03/2026
Formalización del contrato
01/04/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

No procede prórroga del contrato

Criterios de adjudicación

  • Mejor oferta económica(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Podrá acreditarse por uno de los medios siguientes: a)Volumen de facturación anual referido al menos a uno de los tres últimos ejercicios inmediatamente anteriores al del 2025, sea igual o superior al valor económico estimado del presente contrato. Dicho criterio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. b)Justificante de la existencia de un Seguro de Responsabilidad Civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del presente contrato Ver cláusula 9 del PCAP

Solvencia técnica o profesional

  • Deberá acreditarse a través de uno de los medios siguientes: a) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. d) Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante. f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas. g) Indicación de los sistemas de gestión de la cadena de suministro, incluidos los que garanticen el cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, y de seguimiento que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. h) En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros. Ver cláusula 9 del PCAP

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 44111000
  • 44113100
  • 34928430
  • 14212000
  • 44316400
  • 34928310
  • 44316510
  • 44163130
  • 44111200
  • 35113400

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